Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vii, 31 de Octubre de 2016, expediente CNT 015343/2014/CA001

Fecha de Resolución31 de Octubre de 2016
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vii

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Causa N°: 15343/2014 Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA VII SENTENCIA INTERLOCUTORIA Nº

CAUSA Nº 15.343/2.014 - SALA VII – JUZGADO Nº 37 Autos: “K., W.W. c/ Comi Cooperativa Ltda. De Provisión de Servicios en el Área de Salud y otro s/ Despido”

Buenos Aires, de octubre de 2.016.

VISTO:

El recurso deducido por la codemandada Medical’s Organización de Prestaciones Médicas Privadas S.A. a fs. 131/132vta. contra la resolución de fs.

120/122, que mereciera la réplica de fs. 136/137.

Y CONSIDERANDO:

I) Que la juez rechazó su alegación de que el actor habría incurrido en desistimiento tácito de su reclamo y, por ende, dispuso la continuación del trámite.

II) Que la recurrente ataca dicha decisión.

Sostiene que la juez no habría tenido en cuenta sus argumentos respecto a que la continuación de estos actuados la colocaría en un estado de indefensión. Que como el actor optó por el procedimiento fijado por la Ley de Quiebras, por aplicación del art. 133 de la ley 26.086 habría optado no continuar con el juicio laboral. También critica que la magistrada consideró que no existió

litispendencia alguna, pues no hubo identidad de sujetos, objeto y causa.

III) Que si bien es cierto que el pronunciamiento dictado en sede comercial reviste autoridad de cosa juzgada e impide revisar la procedencia y cuantía de los créditos allí reconocidos, este hecho no impide el analizar su eventual responsabilidad conforme arguyó el actor en el de inicio, porque aquella decisión no se proyecta sobre la eventual existencia de la responsabilidad solidaria alegada por el reclamante, lo que permite que pueda –

en su caso- hacerla valer contra otro eventual deudor, como es el caso de la recurrente.

Que -con mayor razón aún-, esto resulta evidente si se considera que tan solo una vez demostrados los presupuestos fácticos requeridos en la norma sobre la que funda su acción, podrá atribuirle a la recurrente responsabilidad, lo que le permitiría, eventualmente, perseguir el cobro del crédito reconocido en el Fuero Comercial y pasado en autoridad de cosa juzgada contra quien aquí

apela (cfr. arts. 825 y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación).

Que, en consecuencia, el trámite de verificación llevado adelante en sede comercial contra quien fue su empleador no implica ni mucho menos un desistimiento tácito de la acción promovida contra otra persona, respecto de la Fecha...

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