Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de la Seguridad Social - Camara Federal de la Seguridad Social - Sala 3, 18 de Febrero de 2013, expediente 15891/2012

Fecha de Resolución18 de Febrero de 2013
EmisorCamara Federal de la Seguridad Social - Sala 3

Poder Judicial de la Nación Expte. N°:15891/2012

SENTENCIA INTERLOCUTORIA N°: 124031

AUTOS: “ K.C.I.C.S. VARIAS”

CFSS – SALA III

BUENOS AIRES, 18 de febrero de 2013

EL DR. J.C.P.L. DIJO:

  1. Contra la sentencia obrante a fs., mediante la cual la Sra. Juez resolvió hacer lugar a la demanda interpuesta por la parte actora, reguló honorarios e impuso las costas a la vencida, apeló la demandada.

  2. Considerando que la Cámara Federal de Apelaciones de la Seguridad Social sólo actúa como tribunal de grado en los recursos contra las sentencias dictadas por los juzgados federales de primera instancia con asiento en las provincias, en los casos en que la acción se inició con arreglo al art.15 de la ley 24.463 (v.Fallos:327:4860: 328 1995, 330:2491),

situación que no se da en el caso, donde por vía de amparo se pretende obtener los beneficios de la ley 25.994, corresponde declarar la incompetencia y devolver las actuaciones al juzgado de origen a sus efectos.

A igual conclusión arribó la Sala I del Tribunal in re “G.Y.A. c/ANSeS y otro s/ Amparos y sumarísimos”, sentencia int. 87.026 del 10/08/12, coincidiendo con la solución del Ministerio Público USO OFICIAL

por medio de sus dictámenes N° 33713 de fecha 29.08.12(Fiscalía N° 1) y N°

32733 de fecha 31.08.12(Fiscalía N°2), entre muchos otros.

Por ello, de conformidad con lo dictaminado por el Ministerio Público, se propicia declarar la incompetencia de este Tribunal y devolver las...

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