Sentencia de Corte Suprema de la Provincia de Buenos Aires, 15 de Diciembre de 1999, expediente B 55018
Ponente | Juez LABORDE (SD) |
Presidente | Laborde-Pisano-de Lázzari-Hitters-Pettigiani |
Fecha de Resolución | 15 de Diciembre de 1999 |
Emisor | Corte Suprema de la Provincia de Buenos Aires |
A C U E R D O
En la ciudad de La Plata, a quince de diciembre de mil novecientos noventa y nueve, habi�ndose establecido, de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo 2078, que deber� observarse el siguiente orden de votaci�n: doctores L., P., de L�zzari, Hitters, P., se re�nen los se�ores jueces de la Suprema Corte de Justicia en acuerdo ordinario para pronunciar sentencia definitiva en la causa B. 55.018, �K., H.J. contra Provincia de Buenos Aires (C�mara de Senadores). Demanda contencioso administrativa�.
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H.J.K. promueve demanda contencioso administrativa impugnando los decretos del Presidente de la C�mara de Senadores que dispusieron su prescindibilidad en el cargo y el rechazo del recurso de revocatoria.
Pide que se dejen sin efecto los actos cuestionados, se ordene la reincorporaci�n en el empleo y la condena al pago de la indemnizaci�n de los da�os y perjuicios sufridos.
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El tribunal rechaz� la demanda por tratarse de cuestiones vinculadas con la impugnaci�n de actos del Poder Legislativo (res. fs. 25/26).
La Corte Suprema de Justicia de la Naci�n, por la v�a del recurso extraordinario (fs. 36) dej� sin efecto el pronunciamiento (fs. 40).
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Dispuesto el traslado en virtud de la referida resoluci�n de la Corte nacional, la F.�a de Estado comparece en autos y solicita el rechazo de la demanda en todas sus partes.
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Agregadas las actuaciones administrativas, el cuaderno de pruebas de la actora, los alegatos de las partes y encontr�ndose la causa en estado de ser resuelta, corresponde plantear y votar la siguiente
C U E S T I O N
�Es fundada la demanda?
V O T A C I O N
A la cuesti�n planteada, el se�or Juez doctor L. dijo:
I.H.J.K. impugna el decreto 742 del V. en ejercicio de la Presidencia del H. Senado que dispuso su cese por prescindibilidad en los t�rminos del art. 12 de la ley� 11.184 y decreto 2236 que rechaz� el recurso de revocatoria.
Solicita la anulaci�n de ambos actos, la reincorporaci�n en el cargo de la Direcci�n de Administraci�n y la condena al pago de una indemnizaci�n sustitutiva del da�o ocasionado.
Destaca la inexistencia de causa y de derecho para disponer la baja y la configuraci�n de una situaci�n de disponibilidad prorrogada hasta el cese.
Aduce que hab�a sido reubicada con una nueva funci�n con lo cual adquiri� estabilidad en forma definitiva agot�ndose a su respecto el procedimiento previsto en la ley� 11.184.
Invoca antecedentes para justificar su idoneidad...
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