Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala I, 13 de Abril de 2023, expediente CAF 025959/2019/CA002

Fecha de Resolución13 de Abril de 2023
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala I

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA I

25959/2019 KARTOFEL, RAFAEL c/ EN-AFIP s/DIRECCION GENERAL

IMPOSITIVA Juzg n° 2

Buenos Aires, 13 de abril de 2023.- MP

AUTOS Y VISTOS:

La representación procesal de la parte actora interpuso recurso de apelación “por altos” contra los honorarios regulados en autos.

CONSIDERANDO:

  1. Que a los fines regulatorios cabe tener en cuenta que la naturaleza del proceso impide considerar la existencia de un monto concretamente discutido, por lo que teniendo en cuenta las demás pautas previstas en la ley 27.423, las tres etapas procesales cumplidas, el mérito, la calidad y la extensión de la labor profesional desarrollada a la luz del resultado obtenido, corresponde FIJAR en 3,33 UMA, 6,67 UMA y 4 UMA

    —equivalentes a las sumas de $49.726, $99.603 y $59.732, de conformidad con los valores establecidos en la acordada nº 9/2023 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación— los honorarios a favor de los Dres. Laura C.

    Consoli, M.J.G. y D.N.V. por su actuación en ejercicio de la direccion letrada y la representación procesal de la parte demandada en primera instancia (arts. 16, 20, 29, 44, último párrafo, y demás concordantes de la ley 27.423).

  2. Que sobre pautas análogas, en lo pertinente, a las precedentemente enunciadas, cabe ESTABLECER en 3 UMA y en 1,20

    UMA —equivalentes a las sumas de $44.799 y $17.919, de conformidad con los valores establecidos en la acordada nº 9/2023 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación— los honorarios a favor de los Dres. María J.

    Galvagni y D.N.V. por su actuación (presentación digital del Fecha de firma: 13/04/2023

    Firmado por: L.M.H., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: R.F., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: CLARA M.D.P., JUEZA DE CAMARA

    Firmado por: H.G., SECRETARIO DE CAMARA

    14/07/2022) en ejercicio de la dirección letrada y la representación procesal de la parte demandada en esta instancia (art. 30 y demás concordantes de la ley 27.423).

    Regístrese y devuélvase al juzgado de primera instancia para que notifique esta decisión.

    Fecha de firma: 13/04/2023

    Firmado por: L.M.H., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: R.F., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: CLARA M.D.P., JUEZA DE CAMARA

    Firmado por: H.G., SECRETARIO DE CAMARA

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