Sentencia de Camara Civil y Comercial Federal- Sala Iii, 18 de Junio de 2020, expediente CCF 005180/2007

Fecha de Resolución18 de Junio de 2020
EmisorCamara Civil y Comercial Federal- Sala Iii

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL- SALA III

Causa 5180/2007/CA2 “K.K.S. c/ Marcala SA s/

Incumplimiento de contrato”. Juzgado n° 7, Secretaría n° 13.

Buenos Aires, de junio de 2020.-

AUTOS Y VISTOS:

La elevación ordenada a fojas 295, con motivo del recurso de apelación interpuesto y fundado por la actora (fs. 285 y 287/289) contra la resolución que desestimó el pedido de interdicción de navegar del buque Marcala I y la indisponibilidad del permiso de pesca de dicha embarcación da (fs. 283); y CONSIDERANDO:

  1. El 4 de mayo del año en curso K.K.S. pidió la habilitación de la feria judicial ante el Juez de primera instancia a fin de que se trabara embargo del buque Marcala I por la suma de $8.147.099,31.-, y se ordenara la pertinente interdicción para navegar (fs. 278).

  2. El Magistrado solo hizo lugar al embargo por la suma indicada con más la de $245.000 presupuestados para intereses y costas.

    Frente a ello, la actora reiteró el pedido de interdicción de salida y agregó el de indisponibilidad del permiso de pesca del buque.

    El doctor P.T. rechazó las pretensiones con apoyo en la sentencia de esta Cámara obrante a fojas 272/273 vuelta (fs. 278).

  3. Contra tal pronunciamiento apeló la ejecutante (fs. 285 y auto de concesión de fs. 286) quien fundó su recurso a fojas 287/289 vuelta.

  4. Se impone precisar que la recurrente, K.K.S., es actora en este juicio en el que obtuvo sentencia favorable que devino firme, la cual pretende ejecutar ante el juez de la causa (fs. 152/163vta.).

    En atención a ello y a lo dispuesto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en la Acordada 14/2020 del 11 de mayo del corriente año y al criterio de la Sala en situaciones análogas a la del sub lite,

    corresponde habilitar la feria judicial para tratar la apelación de la actora.

    Fecha de firma: 18/06/2020

    Firmado por: G.A.A., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: F.A.U., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: E.D.G., JUEZ DE CAMARA

  5. Dado que en el trámite del recurso no se...

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