JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA (S/C 474986 Abr. 12 Abr. 20)

Fecha20 Abril 2022
Número de registro474986
EmisorJUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA

Por disposición de la Dra. Lilian Insaurralde, Juez de Primera Instancia de Distrito Judicial en lo Civil, Comercia, Laboral y de Familia N° 20 de la ciudad de San Javier, Provincia de Santa Fe, se hace saber que en autos caratulados: MENDOZA, CIPRIANO HUGO s/Quiebras; CUIJ Nº 21-26169480-5, por resolución de fecha 05 de mayo de 2021 se ha resuelto: (...) 1) Declarar la Quiebra (arts. 288 y 289, ley 24.522) del señor Cipriano Hugo Mendoza; D.N.I. N° M7.876.823, argentino, mayor de edad, jubilado beneficiario de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Santa Fe; con domicilio real en calle Dr. de la Colina N° 842, y domicilio procesal en calle Avda. Gral. López N° 790, ambos de esta ciudad de San Javier, Provincia de Santa Fe. (...), 3) Ordenar al fallido como así también a terceros para que en el término de 48 horas de su designación, entreguen al Síndico todos los bienes de pertenencia del primero. Intimar al deudor para: a) que entregue a la Sindicatura, dentro de las 24 hs de que aquél acepte el cargo, la documentación relacionada con su contabilidad (Art. 88 inc. 4 LCQ); b) Intimar al fallido para que en el término de diez días contados a partir de la presente resolución, de cumplimiento a lo dispuesto por el art. 86 de la Ley 24.522. 4) Prohibir hacer pagos al fallido, los que de realizarse se reputarán ineficaces (...). Otra resolución: por resolución de fecha 04 de Abril de 2022 se ha resuelto reprogramar las fechas: Autos y vistos:... Resulta:... Considerando:... Resuelvo: I) Fijar hasta el día 29 de Abril de 2022 inclusive (o el día hábil inmediato posterior, si aquel resultare feriado) como plazo dentro del cual los acreedores deberán presentar sus pedidos de verificación y los títulos pertinentes al Síndico, en la forma establecida en el art. 200 y 32 de la L.C.Q. II) Señalar entre los días 02 de Mayo de 2022 y 16 de Mayo de 2022 inclusive (o el día hábil inmediato posterior, si aquel resultare feriado), el Período de Observación e Impugnaciones (Art. 34 y 200). III) Para que el Síndico presente al Juzgado un Informe Individual (Art. 35 L.C.Q.) de cada solicitud de verificación en particular, señálese el día 24 de Junio de 2022 inclusive (o el día hábil inmediato posterior, si aquel resultare feriado) y para que presente el Informe General (Art. 39 L.C.Q.), el día 22 de Agosto de 2022 inclusive (o el día hábil inmediato posterior, si aquel resultare feriado), haciéndole saber explícitamente que antes de la fecha de presentación de...

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