JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA (S/C 479932 Jun. 29 Jul. 5)

Fecha05 Julio 2022
Número de registro479932
EmisorJUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA

Por disposición de la Dra. Lilian M.T. Insaurralde, Juez de Primera Instancia de Distrito Judicial N° 20 en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de San Javier, Provincia de Santa Fe, se hace saber que en autos caratulados: “Rojas, Luis Esteban s/ Quiebras” - (CUIJ 21-26169353-1), por resolución de fecha 19 de octubre de 2020 se ha resuelto: ( ... ) 1) Declarar la quiebra (arts.288 y 289, ley 24.522) del Señor Luis Esteban ROJAS, D.N.I. N° 20.147.303, CUIL 23-20147303-9, argentino, mayor de edad, apellido materno: RUIZ, casado y actualmente separado de hecho, empleado dependiente del Ministerio de Seguridad de la Provincia de Santa Fe; domiciliado realmente en calle Independencia N° 1551 y constituyendo domicilio procesal en calles Lavalle y Gral. López, ambos en esta ciudad de San Javier, Provincia de Santa Fe. ( ... ) 3) Ordenar al fallido, como así también a terceros para que en el término de 48 horas de su designación, entreguen al Síndico todos los bienes de pertenencia del primero. Intimar al deudor para: a) que entregue a la Sindicatura, dentro de las 24 horas de que aquél acepte el cargo, la documentación relacionada con su contabilidad (Art. 88 inc. 4 LCQ); b) Intimar al fallido para que en el término de diez días contados a partir de la presente resolución, de cumplimiento a lo dispuesto por el art. 88, inc. 10° y 177 L.C.Q; 4) Prohibir hacer pagos al fallido, los que de realizarse se reputarán ineficaces; (...) 9) Fijar hasta el día inclusive (o el día hábil inmediato posterior) como último plazo para que todos los acreedores por causa o título anterior a la presentación y sus garantes, formulen al Sindico los pedidos de verificación de sus créditos con arreglo a lo dispuesto por los art. 32 y 200 L.C.Q. OTRA RESOLUCIÓN: por resolución de fecha 16 de junio de 2022 se ha resuelto: AUTOS Y VISTOS: ... RESULTA: CONSIDERANDO: ... RESUELVO: 1) Señalar nueva fecha para que el Síndico presente al Juzgado el Informe General (Art. 39 L.C.Q.), para el día viernes 26 de agosto de 2022 inclusive (o el día hábil inmediato posterior, si aquel resultare feriado), haciéndole saber explícitamente que antes de la fecha de presentación de los informes individuales deberán estar debidamente diligenciados Todos Los Oficios Requeridos. II) Ordenar las comunicaciones necesarias para asegurar el cumplimiento de lo dispuesto por el art. 103 de la Ley 24.522, haciéndose saber que conforme dicha disposición el fallido no podrá ausentarse del país hasta la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR