JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA (S/C 345872 Feb. 1 Feb. 7)

Fecha07 Febrero 2018
Número de registro345872
EmisorJUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA

Por disposición de la Jueza de distrito Civil y Comercial de la Segunda Nominación de Rosario, Dra. Mónica Klebcar, Secretaría de la autorizante, se hace saber que se ha dictado Resolución Nº 3413 de fecha 29/12/2017 por la que se dispuso declarar en estado de falencia a Ceramica Fighiera S.R.L., CUIT Nº 30-54151273-6. inscripta en el Registro Público de Comercio al T° 101, F° 2253, Nº 738 en fecha 14/06/1950 y sus modificaciones, con domicilio en Zona Rural de Fighiera. Pcia. de Santa Fe. Ordenar anotar la inhibición general del fallido en el Registro General de la Propiedad, Registro de la Propiedad Automotor y/o Registro que corresponda y comunicar la presente declaración de quiebra al Registro de Procesos Universales. Intimar al fallido y a los terceros que detenten bienes y documentos de aquel, a ponerlos a disposición de la sindicatura. Intimar al fallido para que dentro del término de 24 horas haga entrega de los libros de comercio y demás documentación relacionada a la contabilidad, si la llevare. Prohibir hacer pagos al fallido, bajo expreso apercibimiento de ser los mismos ineficaces. Retener la correspondencia epistolar y telegráfica debiendo oficiarse a las reparticiones respectivas a fin de que la entreguen al síndico. Tener por constituido domicilio procesal en el lugar indicado en el escrito inicial. Hacer saber al fallido (socio gerente) que no podrá ausentarse del país sin previa autorización judicial, hasta la presentación del informe general por parte de la sindicatura. Poner en conocimiento de la sindicatura que conforme Disposición Ministerial n° 914/11 de la Dirección Nacional de Migraciones las medidas de restricción de salida del país caducan automáticamente...

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