JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA (S/C 464395 Oct. 19 Oct. 25)

Fecha25 Octubre 2021
Número de registro464395
EmisorJUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA

Por disposición de la Dra. Lilián M.T. Insaurralde, Jueza de Primera Instancia de Distrito Judicial N° 20 en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de San Javier, Provincia de Santa Fe, se hace saber que en autos caratulados: “BUSTOS, Jorge Daniel s/Quiebras” - (CUIJ 21-26168882-1), por resolución de fecha 22 de octubre de 2019 se ha resuelto: (...). 1) Declarar la quiebra (arts. 288 y 289, Ley 24.522) del Señor Jorge Daniel Bustos, DNI N° 6.306.700, CUIL N° 20-06306700-9, argentino, mayor de edad, jubilado de la Provincia de Santa Fe, con domicilio real en San Roque 1646 B° San Antonio y domicilio procesal en calle Sarmiento 977, ambos de la ciudad de San Javier, Provincia de Santa Fe. (...). 3) Ordenar al fallido, como así también a terceros para que, en el término de 48 horas de su designación, entreguen al Síndico todos los bienes de pertenencia del primero. Intimar al deudor para: a) que entregue a la Sindicatura dentro de las 24 hs. de que aquél acepte el cargo, la documentación relacionada con su contabilidad (Art. 88 inc.4 LCQ); b) Intimar al fallido para que, en el término de diez días contados a partir de la presente resolución, de cumplimento a lo dispuesto por el art. 86 de la Ley 24.522. 4) Prohibir hacer pagos al fallido, los que de realizarse se reputarán ineficaces; excepto los que se realicen en concepto de salarios con las especificaciones del párrafo 16) de la presente (Art.88 inc 5 LCQ). ( ... ) 9) Fijar hasta el ... inclusive (o el día hábil inmediato posterior) como plazo dentro del cual los acreedores deberán presentar sus pedidos de verificación y los títulos pertinentes al Sindico, en la forma establecida en los arts. 32 y 200 L.C.Q. Otra Resolución: San Javier, ... de octubre de 2021. Autos y Vistos:... Resulta: Considerando:... Resuelvo: 1) Fijar hasta el día lunes 29 de noviembre de 2021 inclusive (o el día hábil inmediato posterior, si aquel resultare feriado) como plazo dentro del cual los acreedores deberán presentar sus pedidos de verificación y los títulos pertinentes a la Sindica, en la forma establecida en el art. 200 y 32 de la L.C.Q. II) Señalar entre los días martes 30 de noviembre de 2021 hasta el lunes 20 de diciembre de 2021 inclusive (o el día hábil inmediato posterior, si aquel resultare feriado), el Período de Observación e Impugnaciones (Art. 34 y 200). III) Para que el Síndico presente al Juzgado un Informe Individual (Art. 35 L.C.Q.) de cada solicitud de verificación en particular, señálese el día lunes...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR