JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA (S/C 434167 Dic. 28 Feb. 2)

Fecha02 Febrero 2020
Número de registro434167
EmisorJUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA

Por disposición del Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito N° 1 en lo Civil y Comercial de la Quinta Nominación de la ciudad de Santa Fe; se ha dispuesto en los autos caratulados: QUAINI, ELISABET CLEMENTINA s/Solicitud propia quiebra; CUIJ Nº 21-02018422-9, lo siguiente: Santa Fe, 03 de Diciembre de 2.020. Autos y Vistos:… Resulta:… Considerando:… Resuelvo: 1º) Declarar la quiebra de Elisabet Clementina Quani, argentina, mayor de edad, DNI Nº 22.763.020, domiciliada realmente en calle Rivadavia Nº 5.572 de la localidad de Monte Vera, Provincia de Santa Fe, y con domicilio procesal en calle Crespo N° 3.350, piso 4, dpto. B, de la Ciudad de Santa Fe. 2º) Ordenar la anotación de la quiebra y la inhabilitación de la fallida en el Registro de Procesos Universales y la inhibición general de bienes del Registro General de la Propiedad, y demás registros que correspondan. Comunicar la presente declaración en quiebra a la Administración Provincial de Impuestos (art. 29 Código Fiscal - texto ordenado decreto 2350/97). 3°) Ordenar a la fallida y a terceros la entrega al Síndico de los bienes de pertenencia de la primera. Intimar a la deudora para: a) que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas de que aquel acepte el cargo, la documentación relacionada con su contabilidad; b) que cumpla con los requisitos del artículo 86 Ley 24.522 en el plazo de ley. 4°) Ordenar la prohibición de hacer pagos a la fallida, bajo el apercibimiento de ser ineficaces, excepto salario con las especificaciones del párrafo 12°. Disponer la interceptación de la correspondencia, la que será entregada al Síndico a los efectos del artículo 114 de la Ley 24.522. 5°) Disponer la prohibición a la fallida de ausentarse del país hasta la presentación del informe general (Art. 103, Ley 24. 522), salvo autorización judicial concedida en cada caso. A sus efectos, se librarán de inmediato los oficios pertinentes a las autoridades de control de fronteras que corresponda, comunicando la fecha fijada para la presentación del informe general y haciéndoseles saber que, en caso de disponerse prórroga para la presentación del dicho informe o extensión de la interdicción de salida del país de la fallida, se comunicará en cada caso mediante oficio. 6º) Fijar la audiencia del sorteo del Síndico el 09 de Diciembre de 2.020 a las 10:00 hs, a realizarse en la Oficina de sorteo de peritos, martilleros y síndicos dependiente de la Secretaría de Presidencia Secretaría de Presidencia de la...

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