Juzgado de Primera Instancia, documento núm. 324043

Fecha de Entrada en Vigor27 de Mayo de 2017
EmisorJuzgado de Primera Instancia
Fecha de la disposición24 de Enero de 2017

Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación. de Arroyo Seco, dentro de los autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/MARTINO GUILLERMO JESÚS s/Apremio, Expte. N° 183/17, que tramitan ante el Juzgado de Referencia, se ha dictado lo siguiente: N° 603. Arroyo Seco, 07 de Abril de 2017. Vista: la demanda incoada en estos autos caratulados “MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/MARTINO GUILLERMO s/Apremio” (Expte. 183/17). RESUELVO: 1. Admitirla y, en consecuencia, darle curso. 2. Autorizar la participación del letrado actuante, atento la escritura de mandato general suscripta por el presentante y que se agrega a los autos. 3.- Aceptar el domicilio ad litem constituido (CPC, 38). 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5.066 “de esta provincia. 5. Atento que el título acompañado apareja ejecución, ordenar embargo peticionado sobre, remuneraciones del demandado, en las condiciones y proporciones de ley (Decreto 484/187, cuyos artículos 1, 2 y 3 deberán, transcribirse en el correspondiente oficio), por la suma de $ 15.296.31:- en concepto de capital, con más la suma de $ 7.648, estimados provisoriamente en concepto de intereses, costas del proceso e IVA Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica arts. 452 y ,460 CPC). Habida cuenta de que la medida solicitada lo es respecto de los haberes del demandado y que se efectiviza directamente a través de su empleador, intímese previamente al...

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