Juzgado de Primera Instancia

Fecha de Entrada en Vigor14 de Abril de 2017
EmisorJuzgado de Primera Instancia
Fecha de la disposición13 de Enero de 2017

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA

El Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 18ª Nominación de Rosario a cargo del Dra. Susana Silvina Gueiler, Secretaría Dra. Myriam R. Huljich, dentro de los autos caratulados: “ADMINISTRACIÓN PROVINCIAL DE IMPUESTOS c/ABBA, ANDRÉS HORACIO y/u Otro s/Ejecución Fiscal” (Expte. N° 114/12) hace saber que se cita de remate a SILVIA SUSANA GESSE titular de la Partida Impuesto Inmobiliario Nº 160301-215265-0009-1 a fin que comparezca a oponer excepciones bajo apercibimientos de seguir adelante la ejecución. A tales efectos se transcribe las siguientes resoluciones en su parte resolutiva: “N° 369. Rosario, 06 Marzo 2012. Y VISTOS: .. RESUELVO: Por presentado, con domicilio constituido y en el carácter invocado, a mérito de la copia del poder general acompañado, la cual deberá certificarse ante la Actuaría. Désele al compareciente la participación que por derecho corresponda. Por iniciada la acción que expresa, que tramitará por vía de Apremio. Cítese de remate al accionado por diez días bajo apercibimientos de ley. Trábese embargo sobre los bienes libres del accionado -DNI Nro. Que deberá denunciar en autos- hasta cubrir la suma reclamada de $ 4.048,06.- con más la de $ 1.214,40.- estimada provisoriamente para intereses y costas, librándose a sus efectos los recaudos de ley. Atendiendo al carácter propter rem de la deuda perseguida, líbrese oficio al Registro General a efectos de acreditar la titularidad del inmueble. (CSJ Santa Fe, “Municipalidad de Santa Fe c/Greshnuk, Iván s/Apremio.” Sent. 07.071993). Martes y viernes para notificaciones en la Oficina. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. (Autos “API el Abba, Andrés Horacio s/Ejecución Fiscal”) Expte. N° 114/12. Fdo.: Dra. Susana Silvina Gueiler, Juez; Dr. Sergio González, Secretario en Suplencia. Y lo siguiente: “Rosario, 28 de agosto de 2012. Téngase presente el nuevo domicilio denunciado y hágase saber. Sin perjuicio de ello, en virtud de lo informado por el Oficial Notificador, y en uso de las facultades conferidas por los Arts. 20 y 21 C.P.C.C.: líbrese oficio al Registro Nacional de las Personas o a la Secretaría Nacional Electoral, a fin de que informe el último domicilio del demandado. Expte. N° 114/12. Fdo: Dra. Susana Silvina Gueiler, Juez...

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