JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA ($ 33 383858 Mar. 28 Abr. 1)

Fecha01 Abril 2019
Número de registro383858
EmisorJUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA

Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la Sexta Nominación de Rosario, en autos caratulados: SISINO, ERNESTO MIGUEL Y OTROS c/RIOL, ALEJANDRO s/Prescripción Adquisitiva; Expte. Nro. 21-02899166-2 se hace saber que se dicto el siguiente decreto: Rosario, 23 de Octubre de 2018 Advirtiendo que se incurrió en un error en el decreto de fecha4/10/2018, revóquese por contrario imperio y en su lugar se provee: Por presentado, aceptase el domicilio procesal constituido y en el carácter invocado, conforme al poder especial acompañado. Por iniciada formal demanda de usucapión que tramitará según las normas del proceso ordinario. Cítese y Emplácese a al titular del dominio por el término de ley para que dentro del mismo comparezca a estar a derecho y tomar la intervención que le corresponda bajo apercibimiento de rebeldía (arts. 72, 76 y ss., CPCC). Publíquense edictos de ley. En caso de resultar necesarios a fin de conocer el actual domicilio del demandado, líbrense oficios requiriéndose informes al Registro Nacional de las Personas y a la Cámara Nacional Electoral o al Registro Público de Comercio, según corresponda. En los demás oficios que el profesional estime necesarios para averiguar el domicilio del demandado, deberá diligenciarlos por la vía prevista por el art. 25, inc. a, CPCC, transcribiendo nombre completo, número y tipo de documento de identidad y último domicilio conocido del demandado. Hágase saber que las presentes actuaciones se desarrollarán en el marco del Plan Piloto de Oralidad en los Procesos Civiles, impulsado por la Corte Suprema de la Provincia de Santa Fe, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Provincia de Santa Fe y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, por lo que el presente tramitará conforme al protocolo de actuación recomendado por Acuerdo Ordinario - Acta 48/2017 de fecha 5 de diciembre de 2017 y lo dispuesto por los Acuerdos Ordinarios -Acta 8/2018 del 13 de marzo de 2018 y 10/2018 del 27 de marzo de 2018 de la Excma. Suprema Corte de la Provincia de Santa Fe. Por tanto, se hace saber que las audiencias sólo se suspenden por caso fortuito o...

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