JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 30 - SECRETARÍA NRO. 59

Fecha de publicación24 Abril 2023
EmisorJUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL NRO. 30 - SECRETARÍA NRO. 59
SecciónSegunda Sección - Sociedades


En atención al Acuerdo Conciliatorio (en adelante el “Acuerdo”) arribado en los autos caratulados “ASOCIACION CIVIL USUARIOS Y CONSUMIDORES UNIDOS C/BANCO HIPOTECARIO S.A. S/ORDINARIO” - (Expte. N° 6917/2020), que tramitan en el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 30, a cargo del Dr. Sebastián I. Sánchez Cannavó, Secretaría N° 59 a mi cargo, el que fuera debidamente homologado, se pone en conocimiento de aquellos clientes y ex-clientes del Banco Hipotecario S.A. (en adelante el “Banco”), que obran en el Anexo al Acuerdo y que hubiesen sufrido descuentos sobre importes que les fueran acreditados en concepto de Ingreso Familiar de Emergencia (IFE), entre el 01/04/20 y el 31/08/20, posteriormente restituidos, que le serán reconocidos los intereses corridos entre el momento del descuento y el de su devolución, a la tasa activa del Banco Nación para operaciones de descuento de documentos comerciales a treinta (30) días, aplicándose a su vez idéntica tasa - hasta el 30/11/2022 - sobre tales intereses. Se reconoce asimismo una bonificación adicional del treinta por ciento (30%) sobre los intereses a reconocer. Todas las acreditaciones y/o transferencias tendrán lugar dentro de los sesenta (60) días corridos a contar de la fecha en que haya quedado firme la homologación del acuerdo. Los clientes con cuenta activa en el Banco percibirán el monto del Acuerdo por medio de acreditación en cuenta. En relación a los ex-clientes del Banco, el monto correspondiente le será transferido a cuenta de su titularidad abierta en otro banco o bien a...

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