JUZGADO NACIONAL EN LO CIVIL NRO. 91 - SECRETARÍA ÚNICA

Fecha de publicación03 Octubre 2022
SecciónSociedades,REMATES JUDICIALES
EmisorJUZGADO NACIONAL EN LO CIVIL NRO. 91 - SECRETARÍA ÚNICA
EDICTO BOLETIN OFICIAL El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil Nº 91, Secretaría única, a mi cargo sito en Av. De los Inmigrantes 1950, Piso 4º, de esta Capital, comunica por DOS días que en los autos caratulados: “De Bella, Gabriel c/ De Della, Adriana Beatriz y otro s/ Division de Condominio” Ex. Nº 32.962/2016, el Martillero Fabián Auster, rematará el día 12 de Octubre de 2022 a las 12.00 hs. en Jean Jaures 545 de esta Ciudad, matrícula 15-42372, el 100% indiviso del inmueble sito en la calle Víctor Hugo Nº 1331, entre calles Alcaraz y Álvarez Jonte, de esta Ciudad. Según acta de constatación. Se trata de una construcción desarrollada en tres plantas sobre rasantes sobre un solar de 370 m2, con 8.70 mts. fte. x 43 mts. fdo. Con destino de galpón. Con frente a la calle Víctor Hugo Nº 1331 entre Alcaraz y Av. Alvarez Jonte en el Barrio porteño de Villa Luro. Se desarrolla en tres plantas abiertas con pequeño fondo libre. En una de ellas hay sector de oficinas contiguo a la planta abierta. Posee estructura y losa de hormigón armado sin columnas lo que facilita su circulación. Solados de cemento en toda la construcción. Ventanas en su frente y fondo vidriadas. Con luminosidad media. Montacargas hacia todas las plantas y baños. Posee entrada vehicular con cortina ciega. El desarrollo de las plantas conforman una superficie cubierta de 580 m2 aproximadamente. Posee deterioros en mampostería resultado del paso del tiempo y falta de mantenimiento. Todo en regular estado. Desocupado (conforme constatación de fecha 2/2/2022). Nomenclatura Catastral: Circ. 15; Sec. 91; Manz. 80; Parc. 20. Matrícula 15-42372. Sup. Tot. 369,96 m2. DEUDAS: GCBA. al 16/9/22 sin deuda. AySA al 16/9/22 sin deuda. OSN al 17/11/2021 sin deuda. Expensas comunes: no se encuentra sujeto al Régimen de Propiedad Horizontal. Se deja constancia que en atención a los establecido en el fallo plenario “SERVICIOS EFICIENTES C/YABRA” del 24-2-99, el comprador deberá hacerse cargo de las deudas por expensas que pudieran existir sobre el inmueble y que...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR