JUZGADO CIVIL, COMERCIAL Y DEL TRABAJO (S/C 500674 Jun. 6 Jun. 12)

Fecha12 Junio 2023
Número de registro500674
EmisorJUZGADO CIVIL, COMERCIAL Y DEL TRABAJO

Por disposición del Dr. Alejandro Marcos Andino, Juez del Juzgado Civil y Comercial de la 1° Nominación de San Lorenzo, Distrito Judicial N° 12, Secretaría de la Dra. Luz María Gamst, se hace saber que en los autos caratulados: JAEL MAGDALENA BELINDA MONZON s/Solicitud de propia quiebra, CUIJ 21-25440895-3, por Resolución Nro. 843, de fecha 23 de mayo de 2023, se resolvió lo siguiente: “Y VISTOS:... CONSIDERANDO:.. RESUELVO: 1. Declarar la quiebra de JAEL MAGDALENA BELINDA MONZÓN, DNI 37.210.322, domiciliada en calle Ricchieri 543 de la ciudad de Fray Luis Beltrán. 2. Ordenar se inscriba la quiebra en el Registro de Procesos Universales oficiándose a sus efectos.3. Disponer la inhibición del fallido, oficiándose a tales fines al Registro General de Propiedades, al Registro de la Propiedad Automotor y al Registro de Créditos Prendarios. 4. Intimar al fallido y a terceros que tuvieren en su poder bienes y/o documentación del mismo a ponerlos a disposición del Síndico a designar. 5. Interceptar la correspondencia dirigida al fallido para entregarla al Síndico, oficiándose a sus efectos. 6. Prohibir hacer pagos al fallido bajo apercibimiento de ser los mismos ineficaces. 7. Efectuar las comunicaciones necesarias para asegurar el cumplimiento del art. 103 de la Ley 24.522. 8. Proceder a la realización de la totalidad de los bienes que componen el activo del fallido, corriéndose vista a tal fin a la sindicatura para que se expida sobre la forma más conveniente a la quiebra, conforme al art. 204 de la Ley 24.522 y diferir la designación del enajenador hasta que sea contestada.9. Designar al Juzgado Comunal de Fray Luis Beltrán para realizar el inventario de los bienes de la fallida en el término de 30 días, pero solo respecto de rubros generales, procediendo a la incautación de sus bienes conforme al art. 177 de la Ley 24.522. 10. Designar audiencia del día 31 de mayo de 2023, las 10 horas, o la del primer miércoles hábil inmediato posterior, para el sorteo de síndico. 11. Diferir la fijación de fechas para verificar créditos, presentar el informe individual y presentación del informe general al momento de aceptación de cargo del síndico. 12. Ordenar se comunique la declaración de quiebra al Registro Público de Comercio, a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), a la Administración Provincial de Impuestos (API), a la Municipalidad de Fray Luis Beltrán y/o a quien más corresponda. 13. Ordenar la publicación de edictos en el Boletín Oficial por el...

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