JUZGADO CIVIL, COMERCIAL Y DEL TRABAJO (S/C 482712 Ago. 17 Ago. 23)

Fecha23 Agosto 2022
Número de registro482712
EmisorJUZGADO CIVIL, COMERCIAL Y DEL TRABAJO

Por disposición del sr. Juez, Dr. José M. Zarza del Juzgado de 1ra. Instancia en lo Civil y Comercial del Distrito Nº 4, 1ra. Nominación de Reconquista (Santa Fe), se hace saber que en los autos: FOGAR ISABEL ROSA s/Solicitud propia quiebra - CUIJ Nro. 21-25028759-0, que se tramitan por ante el Juzgado mencionado, se ha dispuesto lo siguiente: Reconquista, 09 de Mayo de 2022. Autos y Vistos: estos caratulados: FOGAR ISABEL ROSA s/Solicitud propia quiebra” CUIJ 21-25028759- 0, que se tramitan en este Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación, de los que: Resulta:... Considerando... Resuelvo: 1ro. Declarar la Quiebra de Fogar Isabel Rosa, argentina, jubilada, DNI 5.614.512, CUIL 27-05614512-0, con domicilio real en Calle 42 N° 1460 de la ciudad de Reconquista (SF), y con domicilio legal en calle Roca N °2015 de Reconquista (SF). 2do. Líbrese oficio al Registro de Procesos Universales, al Registro General de la Propiedad de Santa Fe y al Registro del Automotor, a los fines de que tome conocimiento de la quiebra, y de la inhibición de la fallida para disponer de sus bienes.- 3ro. Hacer saber al fallido que deberá hacer entrega de los bienes al Síndico, quien deberá inventariarlos, instrumentando acta de toda la actuación.- 4to. Hágase saber la prohibición de efectuar pagos al fallido y que en el caso de incumplirse tal prohibición serán considerados ineficaces. Sto. Hágase saber al Síndico que deberá interceptar y retener la correspondencia. 6to. Oficiar a la Policía Federal Argentina, a la Secretaría de Migraciones, a la Gendarmería Nacional, a los fines de comunicar la prohibición del fallido de abandonar el país sin autorización judicial.- 7mo. Fijar el día 01 de junio de 2022, a las 08,00 horas, a los fines del sorteo de Síndico por ante la Oficina de Sorteos de Peritos, Martilleros y Síndicos de estos Tribunales (Circular N° 123/2017), notifíquese al Consejo de Ciencias Económicas;... 8vo. Publíquense edictos en el Boletín Oficial de conformidad con lo preceptuado en el art. 89 de la Ley 24.522.- 9no. Líbrese oficio a los Juzgados en los que se tramitan causas en contra del fallido (salvo juicios de expropiación y los fundados en relaciones de familia) a los fines de solicitar su remisión a este Tribunal, se oficiará a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Santa Fe, que liquida los haberes previsionales del deudor, para que se abstenga de efectuar descuentos o retenciones a sus haberes,...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR