JUZGADO CIVIL, COMERCIAL Y DEL TRABAJO (S/C 491348 Dic. 20 dic. 27)

Fecha27 Diciembre 2022
Número de registro491348
EmisorJUZGADO CIVIL, COMERCIAL Y DEL TRABAJO

El Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Judicial N° 4 en lo Civil y Comercial, Tercera Nominación de Reconquista (Santa Fe) en los autos caratulados FABATIA NATIVIDAD s/Quiebra; CUIJ Nº 21-25029287-9, ha dispuesto lo siguiente: Reconquista, 26 de Septiembre de 2022. Autos y vistos: estos caratulados FABATIA NATIVIDAD s/Quiebra; CUIJ Nº 21-25029287-9, que se tramitan en este Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación, de los que: Considerando: Que, Natividad Fabatia, argentina, empleada, DNI Nº 14.546.092, CUIT Nº 27-14546092-7, con domicilio real en Calle Zona Urbana S/N de la localidad de Fortín Olmos (SF), y con domicilio legal en calle Iriondo N° 716 de Reconquista (SF), por intermedio de sus apoderados Dres. Esteban Nicolás Cattaneo y Luis Maximiliano Bazán, solicita la declaración de su propia quiebra, aportando los datos ilustrativos de la cesación de pagos. La solicitud de quiebra efectuada por la peticionante, invocando su estado de cesación de pagos y la consiguiente imposibilidad de hacer frente a sus obligaciones. Que habiéndose cumplimentado con requisitos formales que señala el Art. 86 de la Ley de Concursos, requisitos cuya omisión no impide la declaración de quiebra y siendo que conforme lo confesado por la propia deudora se evidencia su crítica situación patrimonial, corresponde hacer lugar a lo solicitado y ordenar la apertura de la quiebra. Que, asimismo se solicita se disponga el cese de las retenciones que se efectúan sobre los haberes de la presentante ya sea los que se efectúan por códigos de descuentos y/o embargos y/o cualquier acreencia que no sea dispuesta por la ley sobre recibo de sueldo como así también por el sistema de cajero automático. Que si el deudor indica que se encuentra en cesación de pagos corresponde acoger su pretensión de declaración de la quiebra. Por todo ello, y de conformidad con las prescripciones del art. 82 ss y cc de la Ley 24522, Resuelvo: 1) Declarar la Quiebra de Natividad Fabatia, argentina, empleada, DNI Nº 14.546.092, CUIT Nº 27-14546092-7, con domicilio real en Calle Zona Urbana S/N de la localidad de Fortín Olmos (SF), y con domicilio legal en calle Iriondo N° 716 de Reconquista (SF). 2) Líbrese oficio al Registro de Procesos Universales, al Registro General de la Propiedad de Santa Fe y al Registro del Automotor, a los fines de que tome conocimiento de la quiebra, y de la inhibición de la fallida para disponer de sus bienes. 3) Hacer...

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