Juzgado Civil, Comercial y del Trabajo, documento núm. 348826

Fecha de Entrada en Vigor 7 de Marzo de 2018
EmisorJuzgado Civil Comercial y de Trabajo
Fecha de la disposición12 de Enero de 2018

Por disposición del Juzgado de 1ra. Instancia de Familia de San Lorenzo, dentro de los autos caratulados: “CACERES MARIA - BUSTOS SONIA MARISA s/Guarda” (Expte. 869 /14) mediante resolución de T°40 F°377/384 Nº 2543 de fecha 6 de Noviembre de 2017, se ha dispuesto: “Y VISTOS:... DE LOS QUE RESULTA... Y CONSIDERANDO... RESUELVO: 1) Declarar la inaplicabilidad de lo dispuesto por el art. 611 del Código Civil y Comercial. 2) Declarar la pérdida de la responsabilidad parental de la Sra. María del Valle Cáceres, DNI Nº 32.622.013, respecto de la niña llamada S.C., DNI n° 52.360.180 por la causal de abandono, aun cuando quede al cuidado o guarda de un tercero y con el alcance del artículo 610 del Código Civil y Comercial. 3) Otorgar la guarda preadoptiva de la niña llamada, S.C. DNI n° 52.360.180, nacida el día 10 de enero de 2012 en la ciudad de Granadero Baigorria (SF), Departamento Rosario de sexo femenino a las 03.25 hs., Acta n° 333 del Tomo: II del año 2012 del Registro Civil de la citada localidad, hija de María del Valle Cáceres, DNI n° 32.622.013, sin filiación paterna, a la Sra. Sonia María Bustos, DNI n° 17.758.291, por el término de seis meses que habrán de computarse en forma retroactiva al día 19 de mayo del 2014. 4) Otorgar la adopción plena de S. a la Sra. Sonia Marisa Bustos. La sentencia tendrá efecto retroactivo al 19 de mayo de 2014. S. mantendrá el vínculo jurídico con sus hermanos llamados...

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