Juzgado Civil, Comercial y del Trabajo
Fecha de Entrada en Vigor | 25 de Julio de 2017 |
Emisor | Juzgado Civil Comercial y de Trabajo |
Fecha de la disposición | 24 de Enero de 2017 |
JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Por disposición de la Sra. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación de esta ciudad de Rafaela, provincia de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados: BAHL LORENA GUADALPUPE s/Quiebra; (Expte. Nº 741, Año 2016) se ha dictado la siguiente resolución: Rafaela, 28 de Junio de 2017. Autos y Vistos: … Resulta: … y, Considerando: … Resuelvo: 1.- Declarar la quiebra de Lorena Guadalupe Bahl, argentina, D.N.I. Nº 28.973.700, empleada del Ministerio de Educación de la Provincia de Santa Fe CUIL 27-28973700-1, con domicilio real en calle Mendoza Nº 1695 de la localidad de Pilar y con domicilio legal en calle 3 de Febrero N° 156 de la ciudad de Rafaela, ambos de la Provincia de Santa Fe. 2.- Ordenar la anotación de la quiebra e inhabilitación de la fallida en el Registro de Procesos Universales; y la inhibición general de bienes el Registro General de la Propiedad. Comunicar la presente declaración en quiebra a la Administración Provincial de Impuestos (Art. 29 Código Fiscal -texto ordenado decreto 2350/97-). Asimismo comunicar la formación del presente al Gobierno de la Provincia de Santa Fe, a los efectos de los Arts. 12 inc. d y 53 inc. f) de la Ley 8525. 3.- Ordenar a la fallida y a terceros la entrega al Síndico de los bienes de pertenencia del primero. Intimar a la deudora, que dentro de las 24 horas de que aquel acepte el cargo, la documentación relacionada con su contabilidad. 4.- Ordenar la prohibición de hacer pagos al fallido, bajo el apercibimiento de ser ineficaces, excepto salario con las especificaciones del párrafo 12°). 5.- Disponer la interceptación de la correspondencia, la que será entregada al Síndico a los efectos del artículo 114 de la Ley 24.522. 6.- Disponer la prohibición al fallido de ausentarse del país, en las condiciones del Art. 103 Ley Concursos y Quiebras. A sus efectos, se librarán de inmediato los oficios pertinentes a las autoridades de control de fronteras que corresponda. 7.- Fijar la audiencia del sorteo del Síndico el 06 de Julio de 2017 a las 10.00 horas, en Secretaría del Juzgado. 8.- previo a ordenar la realización de los bienes, deberá proceder Sindicatura conforme a los Arts. 177 y sgtes. de la Ley 24.522 a los efectos de que determine el patrimonio de la fallida. A sus fines. Sindicatura conjuntamente con el Sr. Oficial de Justicia o el Funcionario que por jurisdicción corresponda al domicilio del fallido y...
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