Justicia - Automotores 26/9/13

Orden 1° Juzgado de Paz, autos N° 250.190 caratulados: "MINISTERIO DE SEGURIDAD c/TITULAR DOMINIO 266 BTZ p/EJEC. LEY 8018", notifica al titular registral del dominio 266 BTZ, NUÑEZ CLAUDIA D.N.I. 10.803.958, demandado con domicilio en Montezuna 1663 B. Nueva Gllén., Mendoza. Y a quienes se consideren con derecho sobre el bien automotor. Se le hace saber que en los autos arriba mencionados a fs. 12 el Tribunal proveyó: "Mendoza 21 de mayo de 2013. Emplázase al titular del Motovehículo Modelo Zanella Dominio 266 BTZ, para que en el plazo de veinte días, a partir de su notificación retire el bien del lugar donde se encuentra (Playa San Agustín), en cuyo caso quedarán exceptuados del pago de los gastos generales por el secuestro y multas que recaigan sobre el bien, siempre que acepten retirarlo en el estado en que se encuentre, y expresamente renuncie a cualquier reclamo derivado del mismo. En caso de no comparecer en el plazo indicado a tenor de lo ordenado en el art. 9 inc. VI de la ley 8018, se presumirá al abandono de la cosa, pasando a propiedad del estado, procediendo a realizar la venta en pública subasta. Notifíquese. Fdo. Dra. Marina C. Avogadro - Juez. Y a fs. 18 el tribunal proveyó: "Mendoza, 02 de agosto de 2013. Atento a lo solicitado. Téngase por ampliada de la demanda en contra de la Sra. Núñez Claudia D.N.I. 10.803.958. Notifíquese conjuntamente con el decreto de fs. 12 y vta. Fdo. Dra. Marina C. Avogadro - Juez.____________________________________________________________(*)Orden 1° Juzgado de Paz, autos N° 250.167 caratulados: "MINISTERIO DE SEGURIDAD c/TITULAR DOMINIO 692 GGK p/EJEC. LEY 8018", notifica al titular registral del dominio 692 GGK, ALVAREZ DANIEL RUBEN D.N.I. 17.098.122, demandado con domicilio en B° Infanta M-G C-16 El Challao Las Heras, Mendoza. El Tribunal proveyó: "Mendoza, 20 de mayo de 2013. Emplázase al titular registral del vehículo motocicleta dominio 692 GGK , para que en el plazo de veinte días a partir de su notificación, retire el bien del lugar donde se encuentra (playa San Agustín), en cuyo caso quedarán exceptuados del pago de los gastos generales por el secuestro y multas que recaigan sobre el bien siempre que acepten retirarlos en el estado en que se encuentre y expresamente renuncia a cualquier reclamo derivado de dicho estado. En caso de no comparecer en el plazo indicado a tenor de lo ordenado en el art. 9 inc. VI de la ley 8018, se presumirá el abandono de la cosa pasando a propiedad del Estado, procediendo a realizar la venta en pública subasta. Notifíquese. Fdo. Dra. Marina C. Avogadro. Juez.- Y a fs. 16 El Tribunal proveyó: "Mendoza, 14 de agosto de 2013. Atento a lo solicitado. Téngase por ampliada la demanda inconada en contra del Sr. Alvarez Daniel Rubén D.N.I. 17.098.122. Notifíquese conjuntamente con el decreto de fs. 10.- Fdo. Dra. Marina C. Avogadro. Juez.____________________________________________________________(*)Orden 1° Juzgado de Paz, autos N° 250.189 caratulados: "MINISTERIO DE SEGURIDAD c/TITULAR DOMINIO 615 DCW p/EJEC. LEY 8018", notifica al titular registral del dominio 615 DCW, GOMEZ JUAN MAXIMILIANO D.N.I. 30.835.694, demandado con domicilio en B° Casa Soñada M-13 C-3 Cruz de Piedra Maipú, Mendoza. El Tribunal proveyó: "Mendoza, 21 de mayo de 2013". Emplázase al titular registral del motovehículo modelo Maverick dominio 615 DCW , para que en el plazo de veinte días a partir de su notificación, retire el bien del lugar donde se encuentra (playa San Agustín), en cuyo caso quedarán exceptuados del pago de los gastos...

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