JUICIOS VARIOS / ZAMORANO SERGIO RICARDO Y GUERRERO JUAN ADOLFO C/ MONTENEGRO YOLAN de

Fecha de Entrada en Vigor 1 de Mayo de 2019
Número de Boletín29482
Fecha de Publicación30 de Abril de 2019
Número de documento223626

POR 3 DIAS - Concepción,25 de febrero de 2019 - Déjese sin efecto el Edicto de fecha 27/06/18. Líbrese nuevo Edicto a igual tenor del precedentemente mencionado, Libre de derechos Fiscales. Sin perjuicio delo dispuesto precedentemente, se le recomienda a la letrada presentante, poner mayor diligencia a los fines de tramitar el mismo. ETI. Fdo. Dr. Pedro Patricio Storduer I Vocal.- POR 3 DIAS: Se hace saber que por ante la Excma. Cámara de Apelacíon del Trabajo Sala 11 del Centro Judicial de Concepción, cuya Presidencia ejerce el Sra. Vocal Malvina María Seguí, Secretaría a cargo del Prosecretario Ernesto Tomas Ibañez, se tramitan los autos caratulados: "ZAMORANO SERGIO RICARDO y GUERRERO JUAN ADOLFO C/ MONTENEGRO YOLANDA MAGDALENA y WALMART ARGENTINA S.R.L. S/ COBRO DE PESOS. EXPTE. N°29/13"-lllcepción,22 de junio de 2018.-Atento a lo solicitado y constancias de autos en especial lo informado por el Sr. Notificador a fs. 625 vta, de conformidad a lo contemplado en arto 22 del C.P.L. y 159 del C.P.C. de aplicación supletoria al fuero y bajo la responsabilidad del solicitante: Notifíquese a la demandada Site Desarrollo S.A., de la sentencia recaída en autos de fecha 05/12/17 la que deberá trasncribirse, por el término de 3 días, bajo apercibimiento de ley. A sus efectos publíquense Edictos en el Boletín Oficial de la Provincia de Tucumán durante tres días consecutivos. Libre de Derecho. Personal. ETI Fdo: Dr. Pedro Patricio Stordeur I Vocal. Concepción, Diciembre 05 de 2017. Resulta. Considerando. Resuelve I) Hacer Lugar Parcialmente a la demanda interpuesta por Sergio Ricardo Zamorano y Juan Adolfo Guerrero, de las condiciones personales que obran en autos, en contra de Yolanda Magdalena Montenegro, con domicilio en calle San Martin 2801 San Miguel de Tucumán, condenando a esta a abonar a los accionantes la suma de $192.591,49 (pesos ciento noventa y dos mil quinientos noventa y uno con cuarenta y nueve centavos) en el plazo de 10 días desde que quede firme la presente sentencia, por los conceptos Indemnización art 245 LCT...

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