JUICIOS VARIOS / VILLAREAL MARCELO ANTONIO Y OTRO S/ DESOBEDIENCIA JUDICIAL VICT. SANTILLAN CARINA PAOLA de

Fecha de Entrada en Vigor 5 de Abril de 2019
Número de Boletín29466
Fecha de Publicación 4 de Abril de 2019
Número de documento222930

POR 2 DIAS - CAUSA: VILLAREAL MARCELO ANTONIO Y OTRO S/ DESOBEDIENCIA JUDICIAL VICT. SANTILLAN CARINA PAOLA.- San Miguel de Tucumán, 06 de Marzo de 2019. Téngase por recepcionadas las presentes actuaciones, sin perjuicio de la competencia funcional del Juzgado que en definitiva pudiera corresponder, formulando expresa reserva en ese sentido. Que en las presentes actuaciones, mediante providencia de 06 el Fiscal Instructor de la Fiscalia Criminal de la I° Nom. requiere la medida cautelar consistente en Prohibición de Turbación y Actos de Intimidación Directa e Indirecta.- Que analizadas las constancias de autos a los fines del Requerimiento efectuado, en particular: Acta de presentación por denuncia de fs. 01, declaración de la víctima fs 05 y vlta; surge de las mismas la posible existencia de hechos que se subsumen en tipos penales que se enmarcan en un contexto de violencia, que pueden repetirse, por lo que estimo que se encuentra en riesgo la integridad física y psíquica del los denunciante.- Que conforme los elementos examinados, y en virtud de las disposiciones previstas en el 271 Inc. 9°, 96 Inc. 5 y 304 C.P.P.T., en el que fundadamente se puede presumir que, constatados, con las exigencias propias de esta instancia provisional, los actos de violencia por parte del denunciado en autos, los mismos se pueden repetir encontrándose en riesgo la integridad física y psíquica de la víctima, corresponde ordenar la Prohibición de Turbación y Actos de Intimidación Directa e Indirecta. En virtud de lo expuesto, se informa que la medida anteriormente dispuesta se...

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