JUICIOS VARIOS / NUÑEZ MARIA DEL CARMEN Y OTRO C/SCORDAMAGLIA COSME ANTONIO S/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA

Fecha de publicación02 Mayo 2022
Número de Gaceta30.216
SecciónSección Avisos

POR 5 DIAS - Se hace saber que por ante este Juzgado en lo Civil y Comercial Común V, Centro Judicial Capital, Juez a cargo Pedro D. Cagna, Secretaría a cargo del Dr Lopez Isla Agustin I., se tramitan los autos caratulados: "NUÑEZ MARIA DEL CARMEN Y OTRO c/SCORDAMAGLIA COSME ANTONIO s/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA - Expte. N° 1079/20, en los cuales se ha dictado la providencia que a continuación se transcribe: " San Miguel de Tucumán,10 de febrero de 2022. I) Hágase conocer la iniciación del presente juicio por prescripción adquisitiva que promueve Nuñez María del Carmen y Albornoz Manuel Gonzalo sobre el inmueble ubicado en calle Delfín Gallo (hoy calle Don Orione) N° 2.755 de San Miguel de Tucumán, inscripto en el Registro Inmobiliario en Matrícula Catastral N° 6700/3375; Nomenclatura Catastral: Circunscripción 1, Sección 5D, Manz/Parcela 27, Subparcela 000, Padrón Municipal N° 211534. En ellos cítese a Scordamaglia Cosme Antonio y/o sus herederos y/o quienes se creyeren con derecho, a fín de que dentro del término de seis días, comparezcan a deducir la oposición que tuviere, bajo apercibimiento de rebeldía o de designársele como su legítimo representante al Defensor Oficial de Ausentes; en el mismo acto, córraseles traslado de la demanda, la que deberán contestar en igual plazo. Publíquense edictos en el Boletín Oficial por el término de cinco días. Lunes y Jueves para las notificaciones en Secretaría o día subsiguiente hábil en caso de feriado. II) Atento a lo dispuesto por el art. 1.905 del Código Civil y Comercial de la Nación decrétese la anotación preventiva de la litis sobre el inmueble ubicado en calle Delfín Gallo (hoy calle Don Orione) N° 2.755 de San Miguel de Tucumán, inscripto en el Registro Inmobiliario en Matrícula Catastral N° 6700/3375; Nomenclatura Catastral: Circunscripción 1, Sección 5D, Manz/Parcela 27, Subparcela 000, Padrón Municipal N° 211534. A sus efectos líbrese oficio al Registro Inmobiliario de la Provincia, autorizándose al letrado Palacio, Gustavo Marcelo a suscribir la minuta correspondiente. III) Asimismo, atento a lo dispuesto por Acordada 381/2016, impóngase a cargo de la parte Actora la instalación y mantenimiento en el inmueble objeto de la presente causa, por todo el tiempo que dure el pleito, de un cartel indicativo con las referencias necesarias acerca de la existencia del juicio, en un lugar visible del inmueble, desde el principal camino de acceso al él. Deberá tener como mínimo 2 metros de largo por 1,50 metros de...

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