JUICIOS VARIOS / MADRID MARCOS ARIEL C/ NAVARRO ARIEL ADRIAN S/ COBRO DE PESOS de

Fecha de Entrada en Vigor16 de Marzo de 2019
Número de Boletín29453
Fecha de Publicación15 de Marzo de 2019
Número de documento222328

POR 5 DIAS - Se hace saber que por ante este JUZGADO DE JUZGADO DEL TRABAJO IV de la DR. PABLO FEDERICO ALONSO, a cargo de la DRA. OLGA YOLANDA MEDINA, Juez; Secretaría desempeñada por el Dr. PABLO ALFONSO Secretaría de la , tramitan los autos caratulados: "MADRID MARCOS ARIEL c/ NAVARRO ARIEL ADRIAN s/ COBRO DE PESOS", Expediente N° 622/18, en los mismos se procede a realizar breve resumen de la demanda: Conforme lo acredito con poder Ad-Litem que acompaño Apoderado del actor ALAN FERNANDEZ NAHID y de cuya vigencia y autenticidad doy fe, soy apoderado en el presente juicio del Sr. MARCOS ARIEL MADRID, Argentino, soltero, mayor de edad, D.N.I. 28.223.108, con domicilio en B° San Javier, Mza. H, Casa 5, de Villa Carmela, Tafí Viejo (CP 4107), Provincia de Tucumán.-Cumpliendo expresas instrucciones de mi mandante, vengo a promover demanda contra el Sr. NAVARRO ARIEL ADRIAN, CUIT N° 20-24.495.126-1, con domicilio en Calle Lamadrid N° 486, Piso 4, Oficina 42 de esta ciudad capital (CP 4000), Provincia de Tucumán, por COBRO DE PESOS por la suma de$ 402.861,88 (PESOS cuatrocientos dos mil ochocientos sesenta y uno con 88/100), en concepto de indemnización por Antigüedad, Preaviso, SAC s/ Preaviso, vacaciones proporcionales, SAC proporcional, diferencias salariales por los períodos no prescriptos, Diferencias SAC 2015 y 2016, haberes del mes e integración del mes de despido; de acuerdo a las consideraciones de hecho y de derecho que a continuación expongo, conforme la planilla que se adjunta como parte integrante de la demanda y lo que en más o en menos resulte de la prueba a producirse, más sus intereses, gastos y costas.- LA RELACIÓN LABORAL. (ART. 55 C.P.L.).- Cumpliendo con el Art. 55 C.P.L. informo las características de la relación laboral: Fecha de Ingreso: 17 de Noviembre del año 2.014.-Fecha de Egreso: 03 de Mayo del 2017.-Calificación Profesional: Guardia de Seguridad Privada, Portero.- Categoría profesional: Maestranza y Servicios A, CCT 130/75.-Horario de Trabajo: En turnos completamente rotativos, que eran asignados por semana, pudiendo incluir horas nocturnas, siempre respetando el régimen de jornada previsto en el párrafo siguiente.- Jornada laboral: De lunes a Viernes el trabajador debía desempeñarse durante 14 horas diarias, día de por medio y los sábados y domingos siempre durante 12 horas; lo cual totaliza una jornada semanal de 53 horas semanales en promedio, 254 mensuales, si es que no contemplamos el adicional previsto para los supuestos de trabajo nocturno. Por ejemplo, podía corresponderle trabajar Lunes, Miércoles y Viernes con jornadas de 14 horas por cada uno de dichos días, más el Sábado o Domingo, durante 12 horas; otro ejemplo sería Martes, Jueves 14 horas cada día, Sábado y Domingo 12 horas cada día.-Descripción Detallada de las tareas cumplidas: El Sr. Madrid debía controlar el ingreso, egreso del personal, proveedores y clientes de la cerámica "La Cartujana" (S.R.L., CUIT 30-50.257.432-5) desde el inicio de la relación laboral y hasta fines de Febrero del año 2017, ya que al final de la misma lo hizo en la Cerámica Marcos Paz (S.R.L., CUIT 30-52.340.824-7). Cuando su desempeño era en horario nocturno o de no funcionamiento de la cerámica, sus tareas eran las propias de un "sereno".-Ámbito físico del desempeño: Se desarrollaba en las instalaciones de la empresa "Cerámica La Cartujana", ubicada en Camino del Perú, KM 3,5, Cevil Redondo, Tucumán; en la oportunidad señalada en el párrafo anterior pasó a desempeñarse en "Cerámica Marcos Paz" ubicada en Federico Rossi y Boulevard 9 de Julio, Yerba Buena, Tucumán.-Remuneración Percibida: $ 4.752,80 mensuales (referido al mes de Enero del año 2017).-Remuneración Devengada: $ 18.170,35 mensuales (referidos al mes de abril del año 2017). Cabe recalcar que el reclamo por horas extras no se formula por la dificultad probatoria, con riesgo de imposición de costas, que significa el mismo para el trabajador.-Perfeccionamiento o...

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