JUICIOS VARIOS / GRANERO RAMON S C/ TRAPANI HNOS. S.H., GALENO ASEG DE R DEL TRABAJO S.A. S/DAÑOS Y PERJ S/ X - I U - EXPTE. N° 290/09 de

Fecha de Entrada en Vigor13 de Diciembre de 2020
Número de Boletín29876
Fecha de Publicación11 de Diciembre de 2020
Número de documento234142

POR 3 DIAS - Se hace saber a a los Herederos de la Sra. Antonia Guillermina Trapani - causante: Fidel Martín García, Marcelo Víctor Fidel Martin, Guillermo Javier Martín, Mariana Lucia Martín y María Celina Martín, que por ante este EXCMA. CAMARA DE APELACION DEL TRABAJO SALA 1, a cargo de DRA. MARIA DEL CARMEN DOMINGUEZ, Vocal, del Centro Judicial Capital, Secretaría desempeñada por DRA. ANDREA ROXANMA D´AMATO, se tramitan los autos caratulados: "GRANERO RAMON SANTOS c/ TRAPANI HNOS. S.H., GALENO ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S.A. S/DAÑOS Y PERJUICIOS s/ X - INSTANCIA UNICA - Expte. N° 290/09, en los cuales se ha dictado las providencias que a continuación se transcriben: "San Miguel de Tucumán, 02 de noviembre de 2020.- No habiendo dado cumplimiento con la intimación efectuada a los herederos de la Sra. Antonia Guillermina Trapani - causante: Fidel Martín García, Marcelo Víctor Fidel Martin, Guillermo Javier Martín, Mariana Lucia Martín y María Celina Martín, hágase efectivo el apercibimiento dispuesto mediante providencia de fecha 07/08/2019 y practíquese las siguientes notificaciones en los Estrados de Cámara, con las excepciones previstas por el art. 22 del CPL. Notifíquese a los dichos herederos la resolución recaída en autos conforme lo establecido en el art. 22 CPL en su 2do y 3er párrafo, mediante edicto Libre de Derecho por el plazo de tres días. Fdo: DRA . MARIA DEL CARMEN DOMINGUEZ - VOCAL.GCM. 290/09.-////////////////////////////////////" San Miguel de Tucumán, 8 de mayo de 2019. AUTOS Y VISTOS: ... RESULTA: ... CONSIDERANDO: ... RESUELVE: I.- HACER LUGAR a los Planteos de Inconstitucionalidad articulado por la parte actora en su escrito de demanda, respecto de las normas de los arts. 1, 8, 21, 22, y 39 de la Ley de Riesgos de Trabajo 24.557 y Decretos 717/96 y 491/97, conforme se trata y declarar ABSTRACTO el planteo sobre el Art. 46 Ley 24557, según se considera.- II.- HACER LUGAR PARCIALMENTE a la demanda incoada por el Sr. RAMÓN SANTOS GRANERO , DNI N° 12.121.090, con domicilio en Los Nogales, Ruta N° 9, km 1.308, Provincia de Tucumán, en contra de: 1) TRAPANI HNOS S.H., CUIT N° 33-70861966-9, con domicilio en Los Nogales, Ruta 9, km. 1315, Tucumán; 2) VÍCTOR ALBERTO TRAPANI, DNI N° 7.058.213 (Hoy sus Herederos), con domicilio en Ruta 9, Km. 1.310, Los Nogales, Tafí Viejo, Tucumán; 3) CAYETANO OSVALDO TRAPANI, DNI N° 7.077.254, con domicilio en Belgrano al 300, Tafí Viejo, Tucumán; y 4) CARLOS HÉCTOR TRÁPANI, DNI N°...

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