JUICIOS VARIOS / GOMEZ CLAUDIA BEATRIZ S/ HURTO VICT. PONCE SILVIA- ME: 25756/2018.- de

Fecha de Entrada en Vigor17 de Abril de 2019
Número de Boletín29474
Fecha de Publicación16 de Abril de 2019
Número de documento223278

POR 2 DIAS - PODER JUDICIAL DE TUCUMAN Centro Judicial Tucumán Juzgado De Instrucción IV CAUSA: GOMEZ CLAUDIA BEATRIZ S/ HURTO VICT. PONCE SILVIA- ME: 25756/2018.- San Miguel de Tucumán, 22 de Agosto de 2018.- AUTOS Y VISTO: La presente causa, y CONSIDERANDO: Que vienen la presentes actuaciones por el pedido formulado por la Sra. Fiscal de Instrucción a .cargo de la Fiscalía de Instrucción de la IIa Nominación, quien mediante decreto de fecha 21/08/2018 de fs. 16, solicita se disponga RESTRICCIÓN DE ACERCAMIENTO y PROHIBICIÓN DE TURBACIÓN Y ACTOS DE INTIMIDACIÓN DIRECTOS O INDIRECTOS de Claudia Beatriz Gómez del domicilio sito en B° El Salvador Mza 37 Lote 6 y de la victima Silvia Beatriz Ponce y todo el grupo familiar, a una distancia no menor a 100 mts, y por el plazo que S.S. estime pertinente. Que analizadas las constancias de autos, en especial el Acta de presentación por denuncia de la Sra. Ponce en la Cría Seccional 4a donde relata los hechos violentos que vive con su hija, la denunciada, quien es una persona violenta, adicta a las drogas e ingresa a su casa a sustraerle cosas y su ratificación en sede judicial de fs. 05, donde relata que los hijos de la denunciada están a su cargo, y el informe n° 1270 del Gabinete·Psicosocial de fs. 14/15, se puede presumir que se encontraría en riesgo la integridad física y psíquica de la víctima. Conforme los elementos examinados, el Proveyente considera que corresponde hacer lugar a lo solicitado por el Ministerio Público y disponer la RESTRICCIÓN DE ACERCAMIENTO Y PROHIBICIÓN DE TURBACION y ACTOS DE INTIMIDACION DIRECTOS O INDIRECTOS; de Claudia Beatriz, Gómez del domicilio; sito en B° El Salvador Mza 37.·Lote 6 y de la víctima Silvia Beatriz Ponce y todo el grupo familiar, a una distancia no menor a 100 mts, conforme a lo normado en el artículo 96 inc.5° y 271 inc. 90 del C.P.P.T.- Teniendo en cuenta las constancias de autos, corresponde fijar como plazo de duración de las medidas dispuestas precedentemente. Que sin perjuicio del cumplimiento de las medidas antes...

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