JUICIOS VARIOS / GOMEZ CESAR PATRICIO VS LA CIUDAD SRL S/COBRO DE PESOS de

Fecha de Entrada en Vigor 7 de Marzo de 2018
Número de Boletín29202
Fecha de Publicación 6 de Marzo de 2018
Número de documento213208

POR 5 DIAS - Se hace saber que por ante este Juzgado de Conciliación y Tramite del Trabajo de la Cuarta Nominación, a cargo de la Dra. Olga Yolanda Medina, Juez; Secretaría del Dr. Ricardo Bertolino, tramitan los autos caratulados: "GOMEZ CESAR PATRICIO VS LA CIUDAD SRL S/COBRO DE PESOS", Expediente N° 1204/15, en los cuales se realiza un breve resumen de la demanda motivo de la presente litis: Objeto: En el carácter invocado y por expresas instrucciones de mi mandante, vengo a iniciar accion por cobro de pesos por la suma de pesos doscientos ochenta mil seiscientos cincuenta y seis con 36/100 ($280.656,36) en concepto de Indemnización por antigüedad, Preaviso, S.A.C. s/preaviso, Diferencia haberes Junio/13, Diferencia Vacaciones Prop/13, Diferencia S.A.C. Prop 1° Sem/13, S.A.C. Prop 2° Sem/13, Integración licencia médica, Indemnización Art. 2 Ley 25.323, Indemnización Art. 80 L.C.T., conforme planilla que se adjunta como parte integrante de esta acción y en los que más o menos resulte de la prueba a producir; y hacer entrega de una nueva certificacion de servicios y remuneraciones y certificado de trabajo conforme las condiciones laborales de mi mandate.- La demanda se promueve en contra de LA CIUDAD S.R.L. CUIT N° 30-69518177-5 con domicilio en calle Pública N° 741 - Altura Avda Ocampo N° 2400, San Fernando del Valle de Catamarca, Catamarca; en base a las consideraciones de hecho y de derecho que paso a exponer: Hechos: La sociedad demandada es titular de empresa dedicada a la prestación de servicios de limpieza, teniendo como clientes entre otros a Arcor, Ingenio La Providencia de la ciudad de Tucumán, como así también en varios supermercados y oficinas de la ciudad de Catamarca. El ámbito físico de desempeño del actor fueron las distintas empresas en las cuales la demandada prestaba servicios.- Mi mandante ingresó a trabajar cuando figuraba como titular de la empresa el Sr. Ramón Augusto Sosa (socio gerente de La Ciudad S.R.L.) el día 09.12.2002; desempeñándose en forma ininterrumpida hasta el cese producido el 02.07.2013 por despido directo con invocación de falsa causa, comunicado mediante carta documento de fecha 29.06.2013.- Las tareas que realizaba el actor siempre fueron limpieza y mantenimiento en las empresas a las cuales la demandada brinda servicios estando categorizado como Maestranza "B" del C.C. 130/75.-La jornada laboral del actor era de turnos rotativos de ocho horas los cuales eran de 06:00 a 14:00 hs o de 14:00 a 22:00...

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