JUICIOS VARIOS / FERRO SABRINA PAMELA C/ ALMIRON DE TESEIRA ELSA NORA Y OTRO de

Fecha de publicación05 Agosto 2021
Número de registro239053
Número de Gaceta30034

POR 5 DIAS - Se hace saber que por ante este Juzgado del Trabajo de Primera Instancia de la VIIa. Nom. del Centro Judicial Capital -Provincia de Tucumán-, Jueza a cargo Dra. Ana María Mena de Bulacio, Secretaría actuaria a cargo del Dr. Enrique G. Sáez y la Dra. Mariel F.V. Melero, se tramitan los autos caratulados: "FERRO SABRINA PAMELA c/ ALMIRON DE TESEIRA ELSA NORA Y OTRO s/ COBRO DE PESOS - Expte. N° 1665/19, en los cuales se han dictado las providencias que a continuación se transcriben:"San Miguel de Tucumán, 08 de julio de 2021. Atento lo solicitado, y constancias obrantes en autos, en especial lo informado por el Oficial Notificador y conforme lo dispuesto por el Art. 21 del CPL, dispongo a NOTIFICAR al co-demandado Sr. CORONEL DANIEL BELISARIO, el traslado de demanda ordenado mediante proveído del 11/06/2021 por el término de CINCO DIAS mediante la publicación de EDICTOS, LIBRE DE DERECHOS, en el Boletín Oficial de la Provincia. A sus efectos, proceda Secretaría a LIBRAR OFICIO.MML-1665/19." FDO. DRA. ANA MARIA MENA DE BULACIO - JUEZA-. "San Miguel de Tucumán, 11 de junio de 2021. 1. Atento las constancias de autos y lo solicitado, encontrándose cumplido lo ordenado en el punto 3 del porveído del 30/04/2021. 2. DISPONGO CITAR Y EMPLAZAR a los demandados ALMIRON DE TESEIRA ELSA NORA y a CORONEL DANIEL BELISARIO en los domicilios denunciados, a fin de que en el perentorio término de QUINCE DIAS comparezcan a estar a derecho en la presente causa, constituir domicilio legal y domicilio digital, bajo apercibimiento de lo dispuesto en los Arts 70 y 75 del CPCC supletorio del fuero y del 22 del CPL. Al mismo tiempo y por igual plazo dispongo correr TRASLADO DE LA DEMANDA para que la conteste, bajo apercibimiento de lo previsto en los Arts. 56, 58, 60 y 61 del CPL. Lunes y jueves o siguiente día hábil en caso de feriado para notificaciones en Secretaría. Proceda Secretaría a transcribir en la cédula a confeccionar los siguientes Arts: 22, 56, 58, 60, 61 del CPL, 70 y 75 del CPCC. Los escritos, instrumentos y documentación a presentar deberán ser ingresados de manera digital en formato PDF. PERSONAL. Notifíquese la presente providencia junto con las providencias del 10/12/2020 y 30/04/2021. 3. Proceda Secretaría a librar cédula al Juez de Paz con jurisdicción en el domicilio denunciado. El Oficial Notificador debe dar cumplimiento con lo dispuesto por el Art. 424 del CPCC, el que se transcribirá en la cédula a confeccionar. 4. Tengo por presentado comprobantes de movilidad (2) mediante sistema de pago judicial, cuyo importe corre bajo responsabilidad del letrado...

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