JUICIOS VARIOS / DIAZ ORLANDO MANUEL C/ AMACOM S.R.L. Y OTRO S/ COBRO DE PESOS

Fecha de publicación25 Febrero 2022
Número de Gaceta30.175
SecciónSección Avisos

POR 5 DÍAS - Se hace saber a ANACOM SRL, que por ante este JUZGADO DEL TRABAJO Vª NOMINACION, de los tribunales de San Miguel de Tucumán, a cargo del Dr. LEONARDO ANDRÉS TOSCANO -JUEZ SUBROGANTE-, Secretaría a cargo de los Dres. GUSTAVO AUGUSTO GRUCCI y FEDERICO NOGUERA, se tramitan los autos caratulados: "DIAZ ORLANDO MANUEL c/ AMACOM S.R.L. Y OTRO s/ COBRO DE PESOS - Expte. N° 1867/19, en los cuales se ha dictado la providencia que a continuación se transcribe: "JUICIO: "DIAZ ORLANDO MANUEL c/ AMACOM S.R.L. Y OTRO s/ COBRO DE PESOS" - EXPTE. N° 1867/19. San Miguel de Tucumán, 26 de febrero de 2020.Agréguese y téngase presente. Resérvese en Caja Fuerte del Juzgado la documentación original que se acompaña y que da cuenta el cargo que antecede. En su mérito y atento las constancias de autos: cítese y emplácese a las demandadas (en la persona de sus representantes legales) en los domicilios que se denuncia, a fin de que en el perentorio término de QUINCE DÍAS (para la demandada con domicilio en esta ciudad capital) y VEINTE DIAS (para la demandada con domicilio en extraña jurisdicción) comparezcan a estar a derecho en la presente causa, bajo apercibimiento del art. 22 del CPL. Al mismo tiempo y por igual plazo córrasele traslado de la demanda para que la contesten, bajo apercibimiento de las prevenciones contenidas en los arts. 56, 58 y 60 y cumplimiento con el 61 del CPL. Lunes y jueves o siguiente día hábil en caso de feriado para notificaciones en Secretaría. A la prueba documental; téngase presente para su valoración oportuna. A la demás prueba ofrecida; reitérase en la etapa procesal oportuna.A los fines de la notificación ordenada a la demandada con domicilio en extraña jurisdicción; líbrese la correspondiente cédula ley 22172 haciendose constar en la misma que el letrado presentante y/o la persona que el mismo indicare se encuentra facultado a los fines de su diligenciamiento. Asimismo y a los fines de la notificación ordenada a la demandada con domicilio en esta ciudad capital, líbrese la correspondiente cédula debiendose adjuntar a la misma la movilidad oportunamente acompañada en autos. San Miguel de Tucumán, 11 de febrero de 2022. Atento lo peticionado y constancias obrantes en autos, en especial de los informes que surgen de fechas 13-12-2021 y 16-12-2021, y en virtud de lo normado por el art. 22 del CPL: NOTIFÍQUESE a la firma demandada AMACOM S.R.L. el proveído de fecha 26-02-2020 mediante EDICTOS en el Boletín Oficial de la Provincia de...

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