JUICIOS VARIOS / BALMORIA ANGEL VICENTE Y OTROS VS LA LAMPACITEÑA SRL Y OTRO S/ COBRO de

Número de Boletín27993
Fecha de Publicación 5 de Abril de 2013
Número de documento171413

POR 5 DIAS - Se hace saber que por ante este Juzgado de Conciliación y Tramite del Trabajo de la Cuarta Nominación, a cargo de la Dra. Olga Yolanda Medina, Juez; Secretaría del Dr Pablo Federico Alfonso . tramitan los autos caratulados: BALMORIA ANGEL VICENTE Y OTROS VS LA LAMPACITEÑA SRL y OTRO S/ COBRO DE PESOS", Expte N° 119/11, en los cuales se realiza un breve resumen de la demanda motivo de la presente litis: En fecha 16/02/2011 y en ejercicio del poder conferido el Dr Pascual Alberto Cuomo Apoderado de los Sres Balmoria Angel Vicente, Oliva Julio Cesar y Oliva Cesar Alejandro promueve demanda en contra de LA LAMPACITEÑA SRL y ABELLA JULIO CESAR con domicilio en Juan Nougues n° 101 de la localidad de San Isidro de Lules por los rubro reclamados y el contenido económico de $ 181.470,45, con mas los intereses desde el momento en que esta suma es debida y hasta su total y efectivo pago, gastos y costas .- Los rubros por los cuales se acciona son: 1) Indemnización por antigüedad 2) Indemnización sustitutiva del preaviso 3) Vacaciones 4) SAC 5) Indemnización art 80 LCT 6) Viáticos ART 4.24 CCT 40/89 7) Art 2 ley 25323 .- Mis poderdantes ingresaron a trabajar en las siguientes fechas: Balmoria Angel Vicente el 12/2/09 categoría profesional auxiliar especializado y desempeñándose como chofer de larga distancia.- Olia Julio Cesar el 2/9/09 categoria profesional maestranza a y desempeñandose como chofer de larga distancia y Oliva Cesar Alejandro el 1/11/07 categoria profesional maestranza a y desempeñándose como chofer de larga distancia.- El hoy demandado LA LAMPACITEÑA SRL es un fondo de comercio que se dedica esencialmente al transporte de mercaderias y productos cárnicos , al interior de la provincia y provincias vecinas.- Las tareas de los actores consistian en conducir los vehículos asignados para realizar el transporte de la mercadería y en realizar todas las diligencias correspondientes a su cometido .Mis mandantes no solo realizaban tareas de conducción de los rodados, ademas eran responsables del mantenimiento técnico , lavado de la unidad que conducian, la tarea que realizaban era permanente y era desempeñada en los horarios de 6, de la mañana a 18 hs de lunes a sabados con descansos dominicales estas jornadas solian extenderse cuando los actores debían entregar mercaderias fuera de la provincia teniendo a la vista la distancia y tiempo de espera de carga y descarga de mercaderias, sin embargo nunca trabajaban menos de 10 horas...

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