JUICIOS VARIOS / ASOCIACION DE CONSUMIDORES DEL NOA (ACONOA) C/ TELEFONICA MOVILES ARGENTINA S.A. de

Fecha de Entrada en Vigor19 de Septiembre de 2019
Número de Boletín29577
Fecha de Publicación18 de Septiembre de 2019
Número de documento226939

POR 3 DIAS - Se hace saber a todas aquellas personas que pudieran tener interés en el resultado del litigio, que por ante este Juzgado Civil en Documentos y Locaciones de la Septima Nominación, del Centro Judicial Capital, a cargo de la Dra. Ana C. Pizzicanella Blasi, Secretarías a cargo del Dr. Nicolas Molina, y Dra. Marta G. Valverde, se tramitan los autos caratulados: "ASOCIACION DE CONSUMIDORES DEL NOA (ACONOA) C/ TELEFONICA MOVILES ARGENTINA S.A. S/ ESPECIALES (RESIDUAL) - EXPTE N° 2455/19", en el que se ordenó la siguiente providencia: San Miguel de Tucumán, 29 de julio de 2019. I)... II)... III)... IV) Notifíquese la presente acción a todas aquellas personas que pudieran tener interés en el resultando del litigio. Por medio de edictos en el Boletín Oficial, libre de derechos, con un extracto de la demanda por el término de tres días. Publicite la actora extracto de demanda en portales de asociaciones de consumidores y usuarios. Habiéndose creado por Acordada 32/2014 un Registro de carácter público, gratuito y de libre acceso destinado a la publicidad de las acciones colectivas, publicítese lo aquí dispuesto a través de la página Web del Poder Judicial. A tales efectos líbrese oficio. V)....FDO. DRA. ANA C. Pizzicanella Blasi- Juez- Se hace constar que el Dr. Horacio Guillermo Bliss y Dra. Maria Veronica Goldman, apoderados de la "ASOCIACION DE CONSUMIDORES DEL NOA (ACONOA)", conforme poder obrante a fs 50, inician acción judicial colectiva contra TELEFONICA MOVILES ARGENTINA S.A. Solicitando que oportunamente: a) Se restituya a los usuarios de Telefónica Móviles Argentina S.A. el importe total del servicio no prestado con motivo del corte de servicio del día 29 de noviembre de 2017, con más los intereses que la accionada percibe por mora (art. 26 ley 24.240), más el 25% del importe cobrado indebidamente (art. 31 ley 24.240). Se realice la devolución acreditando las sumas en las cuentas de los afectados. b) Se condene a Telefónica Móviles Argentina S.A. a abonar en concepto de daño punitivo la suma $5.000.000 o la que V.S. determine, en más o en menos, teniendo en cuenta las constancias de autos, cifra que se distribuirá entre los consumidores afectados por las modificaciones contractuales. c) Se establezca en la...

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