JUICIOS VARIOS / ANDRADE CRISTINA ELIZABETH Y BALLESTEROS LUIS ATILIO S/ CONCURSO PREVENTIVO de

Fecha de Entrada en Vigor11 de Octubre de 2018
Número de Boletín29349
Fecha de Publicación10 de Octubre de 2018
Número de documento218945

POR 5 DIAS - Se hace saber que por ante este Juzgado en lo Civil y Comercial Común de la Tercera Nominación, a cargo de la Dra. Viviana Gasparotti -Juez-, Secretaría actuaria a cargo de la Dra. Alejandra Verónica Chemes, tramitan los autos caratulados: "ANDRADE CRISTINA ELIZABETH Y BALLESTEROS LUIS ATILIO s/ CONCURSO PREVENTIVO", Expediente N° 338/13, se ha dispuesto la providencia que se transcribe: San Miguel de Tucumán, 17 de Septiembre de 2018.- y Vistos: Considerando. Resuelvo: I.- Declarar la quiebra de los Sres. Andrade Cristina Elizabeth (DNI n° 23.117.764) y Ballesteros Luis Atilio (DNI N°10.708.283) con domicilio en calle Saavedra Lamas n° 680 de la Ciudad de Yerba Buena, Provincia de Tucumán.- II.- Disponer la anotación de la quiebra y la Inhibición General de bienes de los fallidos en los Registros Público de Comercio, Inmobiliario de Tucumán, y del Registro Nacional de la Propiedad del Automotor, delegación San Miguel de Tucumán.-A sus efectos, ofíciese.- Se solicita a la sindicatura el diligenciamiento de los oficios aquí ordenados, en el término de cinco días de notificado el presente auto.- III.- Intimar a los fallidos para que en el plazo cuarenta y ocho horas ponga todos sus bienes a disposición del Juzgado en forma apta para que los funcionarios del concurso puedan tomar inmediata y segura posesión de los mismos. IV.- Intimar a terceros a poner a disposición de la Sindicatura los bienes de pertenencia del fallido, bajo apercibimiento de ley.- V.-Prohibir al fallido hacer pagos y/ o entrega de efectos a terceros bajo pena de no quedar liberados de sus obligaciones por dichos pagos o entregas(art.118 LCQ).- VI.- Emplazar al deudor para que en el plazo de veinticuatro horas entregue al Síndico los libros de Comercio y demás documentación relacionada con su contabilidad.- VII.- Interceptar la correspondencia epistolar y telegráfica del fallido, las que deberan ser entregadas a Sindicatura.- En consecuencia, ofíciese a la Empresa Correo Argentino , Distrito Tucumán.- VIII.- Prohibir a los Sres: Andrade Cristina Elizabeth (DNI N°23.117.764) y Ballesteros Luis Atilio (DNI N°10.708.283) con domicilio en calle Saavedra Lamas n° 680 de la Ciudad de Yerba Buena, Provincia de Tucumán, la salida de la República Argentina.- A sus efectos líbrese oficio a: Jefatura de Policía Federal Argentina, Dirección General de Gendarmería y Dirección Nacional de Migraciones, Ministerio del Interior, con...

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