Según el juez, Mangeri aprovechó que Ángeles lo conocía y la mató con alevosía

"Una de las últimas acciones en vida de la víctima fue defenderse contrayendo su mano y dedos con el fin de arañar a su agresor, de forma tal que en ese momento se produjo la transferencia del material genético hallado luego en su cuerpo." http://www.lanacion.com.ar/la-muerte-de-angeles-rawson-t49464cómo fue que los restos de piel de Jorge Mangeri llegaron a las uñas de la adolescente de 16 años http://www.lanacion.com.ar/1597921-caso-angeles-rawson-los-puntos-destacados-de-la-resolucion-del-juezAyer, Ríos dictó la prisión del portero del inmueble, al que consideró autor de homicidio por alevosía, y le trabó un embargo por un millon de pesos. Una de las principales pruebas contra el imputado fueron los estudios de ADN que determinaron que el perfil genético de los restos de piel hallados en las uñas de los dedos índice, anular y mayor de la mano derecha de la chica correspondían a Mangeri.http://www.personajes.lanacion.com.ar/1597237-increible-mauro-viale-salio-al-aire-desde-el-sotano-del-edificio-de-angeles-rawsonun delito que, según el inciso 2 del artículo 80 del Código Penal, tiene una pena de prisión o reclusión perpetua.La alevosía, según Ríos, se verifica en el hecho de que Ángeles "estuviese atada de pies y manos cuando fue sometida al procedimiento insidioso que la llevó a la muerte, así como la diferencia de edad y contextura física entre el imputado y la víctima", lo que evidenciaba "su estado de indefensión", ya que la víctima nunca pensó que sería atacada en el hall del edificio en el que vivía por una persona que conocía desde hacía más de diez años."El imputado conocía a la víctima desde su infancia, hace más de 10 años. En el encargado, los progenitores de la menor depositaron su confianza al permitir que fuera a su domicilio y que jugara en la terraza. Esto permite otorgarle al imputado, en la vida de la víctima, un rol superior al del mero encargado del edificio; por el contrario, contaba con una mayor confianza producto de tales circunstancias, que permiten sostener la escasa o nula predisposición a defenderse que pudo haber ejercido la joven en el momento inicial del ataque", expresó el magistrado, al explicar la relación de confianza que existía entre Ángeles y Mangeri.Para Ríos, el asesinato de Ángeles no fue un homicidio simple, delito que tiene una pena de entre 8 y 25 años de prisión. Remarcó la existencia de la alevosía, un agravante que los autores del derecho penal español definieron como la acción de "obrar a traición y sobre...

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