Jubilados: una jueza rechazó un acuerdo de la reparación histórica

Una jueza resolvió rechazar el acuerdo que firmaron un jubilado y la Anses en virtud del plan de reparación histórica de los haberes previsionales aprobado por ley. La decisión, que será apelada por el organismo previsional, fue tomada por Elvira Muleiro, titular del Juzgado Federal de la Seguridad Social número 5.

El argumento para no considerar válido el acuerdo fue que el jubilado Ramón Farías (a quien se refiere la causa) había obtenido ya una sentencia firme en el trámite de la demanda presentada contra el Estado por el reajuste de haberes. Entonces, la jueza entendió que el acuerdo transaccional pretendido "no recae sobre un objeto dudoso o litigioso ni existen concesiones recíprocas de los contratantes". La expresión citada se refiere a la forma en que el Código Civil define una transacción ("un acuerdo por el que las partes, para evitar un litigio o ponerle fin, haciéndose concesiones recíprocas, extinguen obligaciones dudosas o litigiosas").

La sentencia de Muleiro agrega que, tras un lectura de las cláusulas de lo firmado, se pretenden "sustituir o modificar los alcances de lo decidido" en el proceso judicial.

Por el plan de reparación histórica, la Anses hace propuestas de pago a los jubilados que, según lo expresado por la Corte Suprema en varios de sus fallos, cobran desde hace años por debajo de lo que les corresponde. El programa, que requiere de la firma de acuerdos entre las partes que deben ser homologados por un juez, tiene alcance para personas que no habían hecho juicio, pero también para quienes iniciaron una demanda e incluso para quienes ya obtuvieron una sentencia firme. En estos casos, quien adhiere a la reparación renuncia a su reclamo judicial. Como en el recálculo de haberes que prevé la reparación se utilizan los criterios de la Justicia, pero no los mismos índices de actualización que se obtienen por los fallos judiciales, hay diferencias entre lo que podría lograrse por la reparación y el cobro de la sentencia por el procedimiento regular.

En la Anses, el secretario Legal y Técnico, Gonzalo Estivariz, afirmó que la decisión de la jueza va a ser apelada y cuestionó los argumentos expresados en el escrito. "Nos sorprende, porque hay una ley votada por el Congreso", afirmó el funcionario, al recordar que la norma legal incluyó a los casos con sentencia firme en la reparación. Según la explicación de Estivariz, si bien el Código Civil prevé la nulidad de una transacción cuando ésta se refiere a un pleito ya...

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