Jubilaciones: un nuevo fallo avala el ajuste de haberes que hizo el Gobierno en 2020

Los tres jueces integrantes de la sala 2 de la Cámara Federal de la Seguridad Social rechazaron el reclamo de un jubilado y consideraron que no es inconstitucional la ley 27.541, en la parte en que suspendió la aplicación de la fórmula de movilidad previsional que estuvo vigente en 2018 y 2019. Esa suspensión del cálculo provocó que el demandante haya cobrado y siga cobrando haberes mensuales más bajos, en comparación con los que percibiría si no hubieran mediado las decisiones que tomó el Gobierno.

La sentencia fue dictada en la causa "Torterola, Jorge Nicolás c/ Anses s/ Amparos y Sumarísimos". Y en la decisión de rechazar el reclamo del jubilado coincidieron Juan Fantini, Walter Carnota y Nora Dorado. Los jueces entendieron que la cuestión debía analizarse a la luz de la emergencia económica y social que trajo la pandemia de Covid-19 y que, considerando ese contexto, "no aparecen -al día de hoy- como desproporcionadas y repugnantes a la Constitución Nacional las pautas señaladas por las autoridades", en referencia a los aumentos otorgados por decreto y decididos de manera discrecional.

La fórmula de movilidad previsional de la ley 27.426, aprobada durante el gobierno anterior, se mantuvo suspendida durante todo 2020; en la primera parte del año, por una ley aprobada en diciembre de 2019 (es decir, antes de la pandemia) a pedido del Poder Ejecutivo, y en la segunda mitad del año, por un decreto. Ese cálculo dejado sin efecto determinaba un incremento acumulado para 2020 de 42% , igual para todos los jubilados y pensionados de la Anses. El Gobierno, en cambio, aplicó subas de entre 24,3% y 35,3%, con lo cual concretó un ajuste del gasto que fue estimado en $100.000 millones solamente para el año pasado, pero que sigue teniendo efecto ahora, porque los índices resultantes de la nueva fórmula de movilidad se aplican sobre ingresos más bajos respecto de lo que serían si no hubiera dejado de aplicarse durante un año la modalidad de cálculo anterior.

El planteo del jubilado demandante (Torterola) hace hincapié en el hecho de que la compensación a las jubilaciones que debía otorgarse en marzo y en junio del año pasado respondía -según la fórmula de la ley 27.426- a lo que había ocurrido con la inflación y los salarios durante el tercer y el cuarto trimestre de 2019. Es decir, se argumentó que esas subas debían basarse, de acuerdo con lo dispuesto por ley, "en indicadores temporalmente cumplidos al tiempo de la entrada en vigencia de la ley...

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