Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba - Sala B, 20 de Octubre de 2014, expediente FCB 013100002/2009/CA001

Número de registro114561903
Número de expedienteFCB 013100002/2009/CA001
Fecha20 Octubre 2014

Poder Judicial de la Nación CÁMARA FEDERAL DE APELACIONES DE CÓRDOBA SECRETARÍA CIVIL II – SALA B Autos: “JUAREZ, J.A. c/ ESTADO NACIONAL-MTRIO DEL INTERIOR-POL. FED. ARGENTINA s/SUPLEMENTOS FUERZAS ARMADAS Y DE SEGURIDAD”

En la ciudad de Córdoba, a 20 días del mes de octubre del año dos mil catorce, reunidos en Acuerdo de Sala “B” de la Excma. Cámara Federal de Apelaciones de la Cuarta Circunscripción Judicial para dictar sentencia en estos autos caratulados:

JUAREZ, J.A. c/ ESTADO NACIONAL-MTRIO DEL INTERIOR-

POL. FED. ARGENTINA s/SUPLEMENTOS FUERZAS ARMADAS Y DE SEGURIDAD

(Expte. N°: 13100002/2009)” venidos a conocimiento de este Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte demandada (fs. 85/vta.) en contra de la Resolución N° 24 de fecha 4 de abril de 2014 (fs. 79/81 vta.), dictada por el señor Juez Titular del Juzgado Federal N° 1 de Córdoba .

Puestos los autos a resolución de la Sala, los señores Jueces emiten su voto en el siguiente orden: A.G.S. TORRES- L.R.R.-J.M.P.V..

El señor Juez de Cámara, doctor A.G.S.T. dijo:

I.- Llegan las presentes actuaciones a estudio del Tribunal en virtud del recurso de apelación deducido por la parte demandada (fs. 85/vta.) en contra de la Resolución N°

24 de fecha 4 de abril de 2014 (fs. 79/81 vta.), dictada por el señor Juez Titular del Juzgado Federal N° 1 de Córdoba, que hace lugar a la demanda intentada.

II.- En su escrito de expresión de agravios obrante a fs. 92/94 en primer lugar se queja el recurrente en relación con la atribución de carácter remunerativo y bonificable del código 282, sosteniendo el apelante que el criterio expuesto por el señor Juez de grado contiene una errónea interpretación de la jurisprudencia sentada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en los autos “Torres” y “Costa”, por lo que solicita que en aplicación de la jurisprudencia citada se proceda en esta instancia a revocar la resolución dictada la que le asigna al rubro establecido en el Decreto 2744/93, el carácter bonificable y remunerativo. Agrega que se debe meritar el precedente jurisprudencial sentado por el Alto Tribunal in re: “ALMADA, M.R. c/ Ministerio de Defensa y/o Estado Nacional”, de fecha 16 de mayo de 2000, donde se consideró de carácter particular a los suplementos y compensaciones previstos por el decreto N° 2769/93.

Por último, se agravia respecto al régimen de imposición de costas solicitando que las mismas se impongan por el orden causado.

Corrido el traslado de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR