Juicios Varios / Juarez Ana Elizabeth C/ Blanco Maria Alejandra. Aviso Nro: 126840

Fecha de la disposición 4 de Mayo de 2007
Número de Boletín26530
Fecha de Publicación 4 de Mayo de 2007

POR 5 DIAS - Se hace saber a la Sra. Blanco María Alejandra que por ante este Juzgado de Conciliación y Trámite del trabajo de la Quinta Nominación, sito en Pje. Vélez Sarsfield N° 450 de esta ciudad de San Miguel de Tucumán, a cargo de la Dra. Susana Catalina Fe, Juez; Secretaría Actuaria desempeñada por el Dr. Marcelo Aníbal Rodríguez, tramitan los autos caratulados: "JUÁREZ ANA ELIZABETH C/ BLANCO MARIA ALEJANDRA S/ COBRO DE PESOS", Expediente N° 1672/05, en los cuales se ha dictado el presente proveído que se transcribe a continuación:"San Miguel de Tuc., 20 de febrero de 2007. Al pedido de incontestación de demanda, atento lo informado por el Sr. Oficial Notificador a fs. 80 vta.:No ha lugar.- De conformidad a las constancias obrantes en autos, en especial el informes de fs. 51 vta. y 80 vta., en virtud de lo normado por el art. 22 del CPL:Notifíquese a la demandada el traslado de la demanda ordenado en autos mediante proveído de fs. 29 mediante edictos en el Boletín Oficial de la Provincia de Tucumán, como así también de la Provincia de Chaco, Libre de Derechos, por el término de cinco días, haciéndosele saber que el plazo para estar a derecho y contestar la demanda es de veinte días (conf. art. 59 del CPL.- A los fines de la publicación ordenada a la provincia de Chaco:Líbrese oficio ley 22.172 haciéndose constar que los letrados Daniela Moris y/o Ramón Germán Carrizo y/o Ana Elizabeth Juárez y/o la persona que los mismos designaren, se encuentran facultadas para su diligenciamiento.-" Fdo. Dra. Susana Catalina Fe Juez.- "S.M. de Tucumán, 22 de diciembre de 2005.- Por recibidas las presentes actuaciones. Agréguense y ténganse presente el juego de bonos profesionales y tasa de justicia que se acompañan. En mérito a la copia del Poder Ad - Litem que se acompaña:Téngase a la letrada Daniela Marina Moris por presentada en el carácter invocado, con domicilio legal constituido. Désele intervención de ley.- En su mérito:cítese y Emplácese a la demandada en el domicilio que se denuncia, a fin de que en el perentorio término de quince días comparezca a estar a derecho en la presente causa, bajo apercibimiento de ley. Al mismo tiempo y por igual plazo córrasele traslado de la demanda para que la contesten, bajo apercibimiento de las prevenciones contenidas en los arts. 56, 58 y 60 y cumplimiento con el 61 del C.P.L.. Lunes y jueves o siguiente día hábil en caso de feriado para notificaciones en Secretaría.- Previo al traslado ordenado acompañe la parte actora la documentación original que tuviere en su poder, como así también un bono de movilidad.-" Fdo. Dra. Susana Catalina Fe Juez.- San Miguel de Tucumán, 2 de marzo de 2007. Secretaria.- A continuación se transcribe copia extractada de la demanda:Daniela Marina Moris M.P. 4578, abogada...

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