POR JUAN MANUEL ORTIZ

Fecha03 Mayo 2022
Número de registro476286
EmisorJUZGADO CIVIL, COMERCIAL Y DEL TRABAJO

Por disposición del Sr. Juez del Juzgado Federal de Primera Instancia de Reconquista (SF) en los autos S.R.T. c/Otro s/Ejecución fiscal – Varios; (Expte. N° FRE 41000614 Año 2.010) que se tramita ante el Juzgado que ordena, se ha dispuesto que el Martillero Público y Corredor de Comercio Juan Manuel Ortiz, venda en subasta pública el día 26 de Mayo de 2.022, a las 11:00 hs. o el día hábil inmediato posterior si aquel resultare feriado a la misma hora, por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito N° 17 en lo Civil, Comercial y Laboral de la Ciudad de Villa Ocampo (Sta. Fe), sito en Calle Moreno N° 1.492; un inmueble que según título se describe como: Una fracción de terreno, parte del lote rural N° 213 de la Colonia Ocampo Dto. Villa Ocampo, Depto. Gral. Obligado, Pcia. de Sta. Fe, que según plano de mensura, urbanización y subdivisión confeccionado por el Ing. Geógrafo don Lucio R. Ojeda, en el mes de setiembre de 1988, se designa como Lote 2 (Dos), de la manzana 2-A (Dos-A), se ubica a los 12,50 ms hacia el Sur, medidos del esquinero Nor-Oeste de la manzana, mide: 12,50 mts en sus lados Oeste y Este, por 21,50 ms en los costados Norte y Sur, encierra una superficie de doscientos sesenta y ocho metros con setenta y cinco decímetros cuadrados. Linda: al Norte, lote uno; al Sur, lote tres; al Este con el lote quince, todos del mismo plano y manzana; y al Oeste, calle pca. Interp. a Ruta Nacional Nº Once; empadronado a los fines del impuesto inmobiliario bajo la partida N° 03-08-00-014590/0008-4, situado en Calle Pública s/n de la Ciudad de Villa Ocampo (Sta. Fe) e inscripto bajo el Tomo 179 Impar - Folio 31 - N° 1678, Sección Propiedades del Dpto. General Obligado (Santa Fe); saldrá a la venta con la base de $ 1.096.500,00, pasada media hora y no existiendo postores, la base se reducirá en un 25% a $ 822.375,00, y de persistir la falta de postores, sin base y al mejor postor. El adquirente deberá abonar en efectivo el 10 % en concepto de seña y a cuenta del precio, con más la comisión del Martillero actuante, consistente en el 3%, y el saldo al aprobarse la subasta, de conformidad con lo establecido por el art. 580 del CPCCN. El inmueble saldrá a la venta adeudando impuestos y tasas, las que serán saldadas con el producido del remate, de igual manera para el caso que existieren deudas de servicios de agua o energía eléctrica. Se deja establecido que serán a cargo del comprador, aquellos impuestos, tasas y contribuciones que se generen a partir del...

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