por Juan Manuel Ortiz
Fecha de Entrada en Vigor | 12 de Septiembre de 2018 |
Emisor | Juzgado Civil Comercial y de Trabajo |
Fecha de la disposición | 13 de Enero de 2018 |
JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
POR
JUAN MANUEL ORTIZ
Por disposición de la Señora Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Circuito N° 36 en lo Civil y Comercial de la Ciudad de Avellaneda (SF) se hace saber que en los autos caratulados: “ASOC. MUTUAL ROMANG FÚTBOL CLUB c/Otro -CUIL Nº 20-31151083-6- s/Ejecución Prendaria” (Expte. N° 186 Año 2.016) se ha ordenado que el Martillero Público Nacional Juan Manuel Ortiz - Matrícula N° 1078 - CUIT N° 20-30156988-3, el día 27 de Septiembre de 2.018 a las once horas (11:00 hs.) o el día hábil inmediato posterior,a la misma hora, si aquel resultare feriado, en las puertas del Juzgado de Circuito de Avellaneda (Sta. Fe), sito en Calle 12 N° 680, venda en pública subasta y en el estado en que se encuentra un automóvil usado Marca Suzuki - Tipo Sedan 3 Puertas - Modelo Fun 1.0 - Motor Marca Chevrolet N° 5Z0003397 - Chasis Marca Suzuki N° 9BGRS08Z04G200582 - Año 2.004 - Dominio ENK-401. El bien Saldrá a la venta con la Base de $ 26.100 (monto de la Prenda), en caso de no haber postores seguidamente con una retasa del 25% y, de persistir la situación saldrá a la venta sin base y al mejor postor. Quien resulte comprador deberá abonar en el acto del remate en dinero en efectivo el 10% del precio de su compra en concepto de seña y a cuenta de la misma, con más el 10% en concepto de comisión de Ley del Martillero -comisión mínima 0,8 jus- como así también estarán a su cargo todos los impuestos nacionales, provinciales y municipales que correspondieren en virtud del acto mismo de subasta, como así también aquellos relativos al bien a subastar devengados con posterioridad a la aprobación del remate. El adquirente deberá constituir domicilio procesal en jurisdicción de este Tribunal de la Ciudad de Avellaneda (Art. 84 inc. II de la Ley 7.547), y efectivizar el saldo del precio dentro de los cinco días de aprobada la subasta mediante depósito judicial en el Nuevo Banco de Santa Fe -sucursal Avellaneda- o transferencia electrónica (conforme Circula N° 79/11 del Nuevo Banco de Santa Fe) a nombre de éstos autos y a la orden de este Juzgado y si intimado no cumplimenta con dicho pago, será de aplicación lo dispuesto por el art. 497 del C.P.C. y C. También el adquirente tomará a su exclusivo cargo el retiro del bien del lugar en que se encuentra depositado, una vez que la Señora Jueza lo ordene. No se admitirá la compra en comisión. Informes: La Unidad Regional IX de Policía del Dpto. Gral. Obligado de...
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