Por Juan Jose Almada

Fecha de disposición25 Agosto 2015
Fecha de publicación25 Agosto 2015
SecciónXII- SECCION JUDICIAL - SEGUNDA CIRCUNSCRIPCION - REMATES
Número de Gaceta20150825

POR

JUAN JOSE ALMADA

Por disposición Sr. Juez de 1ª Instancia de Distrito de la 1ª. Nom. de Rosario, la Secretaria que suscribe hace saber que en autos “Disal S.A. c/San Martino, Federico s/Ejecución Hipotecaria” Expte. 399/2013, el Martillero Juan José Almada, CUIT 23-06022135-9, subastará el día 1° de Setiembre de 2015 a las 16 horas en Asociación de Martilleros de Rosario, E. Ríos 238, el 50% del inmueble ubicado en calle Zeballos 1080, Unidad Uno (1) Parcela 00 - 01 de esta ciudad y que se compone de Planta Baja con ingreso a cocina comedor, 3 dormitorios, 1 en suite, otro baño, pasillo interno a patio, quincho con parrillero y baño en construcción. Superficie exclusiva 83,21 m2. Común 31,62 m2. Valor proporcional 9,2%, Inscripto al Tomo 1154 - Folio 224 - Nº 301.168 PH, Dpto. Rosario, Santa Fe, la que realizará el Martillero actuante, en las condiciones indicadas; el inmueble saldrá a la venta con la Base de $ 200.000.-, si no hubiere postores, con la retasa del 25% ($150.000.-) y si siguiera así, última Base de $ 100.000.- Informe Registro: Embargo: Tomo 122 E-Folio 1981-Nº 342.963 del 4/6/13 de U$s 117.000.- por estos autos. Hipoteca: Tomo 590 B - Folio 480- Nº 391.958 del 25/10/12 de U$s 90.000.- por la que se ejecuta. El comprador abonará en el acto el 10% del precio alcanzado más el 3% de comisión de ley al Martillero, todo en dinero efectivo o cheque certificado y el saldo dentro de los 5 días de notificada la aprobación de subasta, caso contrario deberá abonarse por retraso en concepto de interés, la tasa pasiva promedio mensual capitalizable cada 30 días que publica el Bco. Central, todo sin perjuicio de aplicar en su caso el art. 497 del C.P.C.C. y si intimado no efectúa el pago, se dejará sin efecto la venta. Es a cargo del comprador la deuda de impuestos, tasas contribuciones que adeudara el inmueble y el IVA si correspondiere, como así también todos los impuestos que graven la venta y los gastos de protocolización de actuaciones judiciales y trámites de transferencia a efectuarse por escritura pública. También es a cargo del...

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