Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Viii, 13 de Octubre de 2022, expediente CNT 023682/2015/CA001 - CA002

Fecha de Resolución13 de Octubre de 2022
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Viii

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA VIII

Expte. Nº 23682/2015

JUZGADO Nº 66

AUTOS: "J.A.V. (14050) c/ SWISS MEDICAL ART

S.A. s/ ACCIDENTE – LEY ESPECIAL "

Ciudad de Buenos Aires, 13 de octubre de 2022.-

VISTO

Y CONSIDERANDO:

  1. El senor Juez de grado resolvio: “… regúlense los honorarios del Dr.

    ARIEL F.M. GRYNSZPAN en 4 UMA que serán impuestos a la demandada…” (v.

    resolucion del 31/08/20222).

    Disconforme con la regulacion de sus honorarios apela el doctor A.F.M.G., el 31/08/2022.

    Apela subsidiariamente la demandada, el 05/09/2022, por altos.

  2. En atencion a la importancia, merito y extension de las tareas cumplidas por el doctor A.F.M.G. (letrado del perito medico) y las pautas arancelarias de aplicacion, se exhibe elevada, por lo que deberan ser fijados en 1,5 UMAs equivalentes a la suma de $13.501,5- (valores vigentes al mes de agosto de 2022, de conformidad con el valor dispuesto en la Acordada nro. 12/2022 de la CSJN del 23/05/2022) y sera ajustada en su oportunidad, de acuerdo a lo normado en el artículo 5l de la Ley 27.423.

    Por ello, el TRIBUNAL

    RESUELVE:

    Fijar los honorarios al doctor A.F.M.G. en 1,5 UMAs equivalentes a la suma de $13.501,5-.

    Regístrese, notifíquese, cumplase con lo dispuesto en el artículo 4º de la Acordada de la C.S.J.N. 15/13 del 21/5/13 y, oportunamente,

    devuelvanse.

    GMA 10.03

    MARIA DORA GONZALEZ LUIS ALBERTO CATARDO

    Fecha de firma: 13/10/2022

    Firmado por: L.A.C., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: M.D.G., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: C.R.G., SECRETARIA DE CAMARA

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