Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ix, 26 de Abril de 2019, expediente CNT 028368/2012/CA001

Fecha de Resolución26 de Abril de 2019
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ix

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA IX Causa N°: 28368/2012 - JOFRE, R.E. c/ TRANSPORTES AVENIDA BERNARDO ADER SA s/DESPIDO Buenos Aires, 26 de abril de 2019.

se procede a votar en el siguiente orden:

El Dr. A.E.B. dijo:

I – La sentencia de grado anterior, mediante la cual se admitió el reclamo, es apelada por la demandada según los términos de fs. 252/256, que fueron replicados a fs. 258-I/262.

A fs. 251 y 257 el Dr. F.A. (ex letrado del actor) apela los honorarios regulados a la representación letrada del demandante, así como la discriminación efectuada a fs. 250 de dichos emolumentos, por estimarlos reducidos.

II – En lo que respecta a la queja de la demandada no puedo más que sostener que resulta notoriamente inadmisible.

Para así decidir he tenido que conforme la actitud asumida por la apelante, tanto en el intercambio cablegráfico como en el escrito de responde, se verifica la notoria inconsistencia de los agravios dirigidos a cuestionar la justificación del despido indirecto.

Es que de la compulsa de esos instrumentos se infiere que la apelante cayó en el olvido de lo que sostuvo al inicio, no sólo del intercambio cablegráfico sino ya más expresamente en lo afirmado en el escrito de responde, en el cual luego de reconocer que la entidad gremial la había notificado del cese de la licencia gremial del actor a partir del 01/05/2010, desconociera la vinculación con el mismo bajo el argumento de que como hacía 10 años que aquél no concurría a trabajar debía aclarar situación laboral y que no podía constatar en sus registros la existencia de dicha vinculación por lo cual no le dejó otra Fecha de firma: 26/04/2019 Firmado por: A.E.B., JUEZ DE CAMARA - SALA IX Firmado por: MARIO SILVIO FERA, JUEZ DE CAMARA - SALA IX #20435285#232972390#20190426132609775 Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA IX alternativa que negar la relación laboral (v. fs.

60vta.), para ahora sostener en el escrito de agravios que no desconoció la relación laboral, lo cual evidencia la inconsistencia de tal argumento.

Además de ello, la pericial contable fue contundente al verificar la registración del actor en los libros laborales de la apelante (cfr. fs. 115/123), sin mayores esfuerzos más que la exigible para un mera compulsa de documentación y cuyo resultado da por tierra con las triviales manifestaciones de la demandada acerca de la imposibilidad de verificar en sus registros tal...

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