Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Corrientes, 23 de Mayo de 2011, expediente 7.855/09

Fecha de Resolución23 de Mayo de 2011

Poder Judicial de la Nación Resolución N° 3109

Corrientes, veintitrés de mayo del año dos mil once.

Vista: Esta causa caratulada “R., J.C. c/ Adm.

Nacional de la Seguridad Social (A.N.SE.S.) y/o Q.R.R. s/ A. por mora administrativa”, Expte. N° 7855/09 del registro de este Tribunal, proveniente del Juzgado Federal de Corrientes;

Considerando:

  1. Que por sentencia obrante a fs. 18 y vta. el juez a quo decidió hacer lugar al amparo por mora, condenando a la demandada a que en el plazo de 5 días hábiles dicte una resolución en el expediente administrativo en cuestión, impuso las costas a la demandada vencida y reguló los honorarios profesionales. Contra lo resuelto, el apoderado de la Administración Nacional de la Seguridad Social interpone recurso de apelación a fs. 21/24, concedido a fs. 25 en relación y al sólo efecto devolutivo. Dispuesto el traslado de ley, la actora no ejerce su derecho de contestar, llamándose al Acuerdo al folio 31.

  2. Se agravia el recurrente aduciendo en lo esencial que la USO OFICIAL

    demora en el trámite administrativo se debió a una omisión imputable al actor, y que el beneficio oportunamente solicitado ya ha sido acordado.

    Agrega que lo resuelto por el juez a quo compromete el resultado del esfuerzo desarrollado por la administración. F. reserva del Caso Federal.

  3. Que al momento de resolver surge que la cuestión ha devenido abstracta, pues conforme lo dice la apelante -y según puede constatarse en las constancias obrantes a fs. 20 vta.-, la demandada ha dictado resolución en el expediente administrativo en cuestión, acordando el beneficio previsional solicitado por el actor. En consecuencia, no hay cuestión litigiosa pendiente de resolución por este Tribunal, lo que torna ineficaz el tratamiento de los agravios del recurrente.

    En efecto, se advierte que la promoción de la presente demanda por mora de la administración tenía por objeto que se intime al organismo a resolver el pedido de jubilación ordinaria efectuado por el actor,

    beneficio previsional que -según se corrobora en autos- ya ha sido otorgado,

    resultando...

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