Sentencia de CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA B, 30 de Septiembre de 2022, expediente FRO 045777/2019/CA001

Fecha de Resolución30 de Septiembre de 2022
EmisorCAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA B

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA B

P../Int.

Visto, en Acuerdo de la Sala “B” integrada el expediente Nro. FRO 45777/2019, caratulado “J., A.A. c/ ANSES s/

REAJUSTES VARIOS” (originario del Juzgado Federal Nro. 1 de la ciudad de Rosario).

Vienen los presentes a estudio a fin de resolver la aclaratoria interpuesta por la parte actora contra el Acuerdo del 16 de Septiembre de 2022. Pasados los autos al Acuerdo, quedaron en condiciones de dictar el presente.

Y Considerando que:

  1. ) El artículo 166 del CPCCN en su parte pertinente reza:

    Pronunciada la sentencia, concluirá la competencia del juez respecto del objeto del juicio y no podrá sustituirla o modificarla. Le corresponderá sin embargo: …2) Corregir, a pedido de parte, formulado dentro de los tres días de la notificación y sin sustanciación, cualquier error material; aclarar algún concepto oscuro sin alterar lo sustancial de la decisión y suplir cualquier omisión en que se hubiese incurrido sobre algunas de las pretensiones deducidas y discutidas en el litigio

    .

  2. ) La actora solicita aclaratoria del Acuerdo del 16 de septiembre de 2022 en cuanto alega que en el primer párrafo del decisorio se mencionó a otra persona, T.E., cuando el titular es A.A.J..

    Atento a ello y advirtiendo que le asiste razón a la solicitante en tanto se deslizó un error material al consignar el nombre del actor,

    corresponde corregir el primer párrafo del decisorio el cual quedará

    redactado de la siguiente manera: “Vienen los autos a esta alzada a fin de resolver los recursos de apelación interpuestos por las partes contra la Fecha de firma: 30/09/2022

    Firmado por: J.G.T., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: F.L.B., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: M.E.T., SECRETARIA

    sentencia del 31 de...

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