Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala A, 12 de Diciembre de 2018, expediente CIV 099008/2011

Fecha de Resolución12 de Diciembre de 2018
EmisorCamara Civil - Sala A

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA A 99008/2011 J M L Y OTRO c/ S R D Y OTROS s/DAÑOS Y PERJUICIOS (ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

Buenos Aires, de diciembre de 2018.- NC AUTOS Y VISTOS:

A fin de valorar los trabajos realizados en autos por los beneficiarios de las regulaciones apeladas, la ley 27.423 instituyó la Unidad de Medida Arancelaria (UMA)

para cuantificar los honorarios profesionales de los abogados, procuradores y auxiliares de la Justicia.-

Así las cosas, los términos de la acordada de la Corte Suprema de Justicia de la Nación N° 27/18, monto comprometido en el proceso, de conformidad con lo establecido por los artículos 1,3,16,19,21,24 y 29 de la ley arancelaria como así también la índole de la labor desplegada por los profesionales, corresponde modificar la regulación de honorarios de fs. 550 y se fijan los honorarios del consultor técnico N O en 1 UMA equivalentes a la fecha de este pronunciamiento a PESOS UN MIL SETECIENTOS QUINCE ($1.715). Asimismo se confirma la regulación de honorarios de fs. 557 a favor de la perito psicóloga L.. M Y F equivalentes a 17.72...

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