Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala C, 19 de Diciembre de 2023, expediente COM 000759/2023/CA001
Fecha de Resolución | 19 de Diciembre de 2023 |
Emisor | Camara Comercial - Sala C |
Poder Judicial de la Nación CAMARA COMERCIAL - SALA C
J. G. INTERGRAFICA LE PIDE LA QUIEBRA OBRA SOCIAL
DEL PERSONAL GRAFICO
Expediente N°759/2023/
Buenos Aires, 19 de diciembre de 2023.
Y VISTOS:
Habrá de estarse a la doctrina sentada por esta Excma. Cámara en pleno in re "Flota Mercante del Estado República de Paraguay C/ S.A.C.
-
Maderera”,
31.08.56, según la cual no corresponde en estos casos, y a los efectos arancelarios, acudir a porcentuales sobre montos determinados sino a los criterios que subyacen en las normas sobre juicios no susceptible de apreciación pecuniaria.
Ello así si se tiene en consideración que, como es sabido, el pedido de quiebra, en tanto denuncia de insolvencia, no tiene por finalidad la satisfacción de ningún crédito individual.
Sentado ello, y en mérito a la importancia, calidad, eficacia y extensión de los trabajos desarrollados por el profesional beneficiario de la regulación apelada, se confirman en 1 UMA -equivalente a $30.562 al día de la fecha- los honorarios del Dr. M.E.B.F., regulados a fecha 23/10/2023.
N. por Secretaría.
Oportunamente, cúmplase con la comunicación ordenada por el art. 4° de la Acordada de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación 15/13, del 21.5.2013.
Hecho, devuélvase al Juzgado de primera instancia.
Firman los suscriptos por encontrarse vacante la vocalía n° 8 (conf. art.
109 RJN).
E.R.M.
Fecha de firma: 19/12/2023
Alta en sistema: 20/12/2023
Firmado por: E.R.M., VOCAL
Firmado por: J.V., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: R.F.B., SECRETARIO DE CÁMARA
J.V.
R.F.B.
SECRETARIO DE CÁMARA
En la misma fecha se registró la presente en el protocolo de sentencias del sistema informático Lex 100.
Conste.
R.F.B.
SECRETARIO DE CÁMARA
Fecha de firma: 19/12/2023
Alta en sistema: 20/12/2023
Firmado por: E.R.M., VOCAL
Firmado por: J.V., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: R.F.B., SECRETARIO DE CÁMARA
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