Sentencia de Camara Civil y Comercial Federal- Sala I, 22 de Junio de 2017, expediente CCF 003578/2016/CA001

Fecha de Resolución22 de Junio de 2017
EmisorCamara Civil y Comercial Federal- Sala I

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL Y COMERCIAL FEDERAL- SALA I C. 3578/2016/CA1 I “Iturrioz, G. y otro c/ Omint S.A. de

Servicios s/ amparo de salud”.

Juzgado Nº: 8 Secretaría Nº: 15 Buenos Aires, 22 de junio de 2017.

Y VISTOS:

Los recursos de apelación interpuestos y fundados a fs. 54/57 y fs.

103/105—cuyos traslados fueron contestados a fs. 62/64 y fs. 107/114— contra las

resoluciones de fs. 51/52 y fs. 100/102, y CONSIDERANDO:

  1. Los actores promovieron acción de amparo contra Omint S.A. de

    Servicios –en adelante Omint– a fin de obtener la cobertura integral de los

    procedimientos de reproducción médicamente asistida de baja o alta

    complejidad que prescriban los médicos tratantes, en las oportunidades que éstos

    determinen para lograr la reproducción. También reclamaron el reintegro de

    $4.788,81 en concepto de la medicación por ellos abonada por el primer

    tratamiento realizado, con resultado negativo. Además, solicitaron que se

    dispusiera cautelarmente que la demandada brindara la prestación reclamada (cfr.

    fs. 18/24, puntos 1 y 5).

    A tal fin expusieron que se les diagnosticó "azoospermia secretora" y

    "baja reserva ovárica", respectivamente. Relataron que en mayo de 2016

    realizaron un tratamiento de baja complejidad, asumiendo el costo total de la

    medicación en razón de la urgencia de la prescripción, sin resultado positivo, por

    lo que se les indicó reiterar el procedimiento en el próximo ciclo menstrual.

    Manifestaron que la práctica fue autorizada pero con la medicación sólo hasta el

    40%, lo que motivó la intimación extrajudicial mediante dos cartas documento,

    que fue respondida sustentando la negativa de cobertura total en los alcances del

    plan contratado.

    Fecha de firma: 22/06/2017 Alta en sistema: 28/06/2017 Firmado por: DE LAS CARRERAS- NAJURIETA-GUARINONI, #28494676#178174437#20170622172047737 Previa intimación (fs. 25), la demandada manifestó que brindaría la

    medicación con los alcances del PMO 40% (cfr. fs. 42/45), escrito replicado

    por la actora a fs. 47/48.

    A fs. 51/52 se hizo lugar a la medida cautelar y se ordenó a Omint

    que en el plazo de cinco días arbitrara los medios para otorgar la cobertura del

    100% del tratamiento de reproducción médicamente asistida y de la medicación,

    conforme la prescripción del médico tratante, en los términos establecidos en el

    considerando III y en la ley 26.862 y el decreto 956/13. Esta decisión fue apelada

    por la demandada cuyo recurso, concedido con efecto devolutivo, se encuentra

    pendiente de resolución.

    O. presentó el informe que prevé el art. 8 de la ley 16.986 y en

    esa oportunidad en lo sustancial adujo que no correspondía acceder a la

    cobertura del 100 % de la medicación reclamada, sino que...

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