Sentencia de CAMARA FEDERAL DE RESISTENCIA - SECRETARIA CIVIL 3, 17 de Febrero de 2023, expediente FRE 031000259/2009/CA001

Fecha de Resolución17 de Febrero de 2023
EmisorCAMARA FEDERAL DE RESISTENCIA - SECRETARIA CIVIL 3

Poder Judicial de la N.ión CAMARA FEDERAL DE RESISTENCIA

31000259/2009

ISASI, M.M. Y OTROS c/ ESTADO NACIONAL-

MRIO DE JUSTICIA SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS-

GENDARMERIA NACIONAL s/CONTENCIOSO

ADMINISTRATIVO-VARIOS

Resistencia, 17 de febrero de 2023.-

Y VISTOS:

Estos autos caratulados: “ISASI, MARÍA MERCEDES Y OTROS C/

ESTADO NACIONAL – MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS -

GENDARMERÍA NACIONAL S/ CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO - VARIOS”,

expediente Nº FRE 31000259/2009/CA1, provenientes del Juzgado Federal N° 2 de Formosa;

Y CONSIDERANDO:

La Dra. R.A. dijo:

1) El Sr. Juez subrogante de primera instancia dictó sentencia el 06/02/2020, haciendo lugar parcialmente a la demanda interpuesta. Ordenó a Gendarmería N.ional, incorporar al rubro “sueldo” de los actores, integrando la base de cálculo los “adicionales transitorios” creados por los D.s. 1104/05, 1246/05,

1126/06, 861/07, 884/08 y 752/09 atribuyéndoles carácter remunerativo y bonificable,

debiendo liquidarse los correspondientes retroactivos, teniendo en cuenta las sumas percibidas como producto de la medida cautelar acordada. Dispuso que los retroactivos resultantes deberán liquidarse con los alcances y especificaciones ordenadas por la CSJN en fallos “Borejko”, “S.”, “Z.” e “I.C.” (punto 3), a partir del 01/07/05 y hasta el 01/08/12 (entrada en vigencia del D.. 1307/12) y que el crédito devengado por los retroactivos impagos deberá ser abonado conforme la ley de presupuesto. No hizo lugar a la incorporación al rubro sueldo de los suplementos y compensaciones establecidos por el Decreto 2769/93. Rechazó la defensa de prescripción opuesta por la accionada. Impuso las costas a la perdidosa,

posponiendo la regulación de honorarios para la oportunidad en que quede firme la liquidación pertinente.-

2) D. con dicho pronunciamiento, en fecha 13/02/2020 el Estado N.ional -Gendarmería N.ional- interpone recurso de apelación, el que fue concedido libremente y con efecto suspensivo.

Radicada la causa ante esta Cámara, la parte recurrente expresa agravios en fecha 21/04/2021, los que no fueron replicados por la parte actora quedando las actuaciones en condiciones de ser resueltas en fecha 18/05/2021.-

Se agravia dicha parte de la imposición de costas, solicitando se impongan por su orden.-

Señala que resultan de aplicación los precedentes de la Corte Suprema recaídos en los fallos “Borejko”, “S.” y “Z.” que las imponen por su orden.

Puntualiza que teniendo en cuenta que la parte actora había solicitado la incorporación al concepto sueldo y como asignaciones remunerativas y bonificables los suplementos por responsabilidad de cargo o función, por mayor exigencia de vestuario y la compensación por vivienda y compensación para la adquisición de textos y demás elementos de estudios creados por el decreto 2769/93 con sus actualizaciones y esta cuestión fue declarada abstracta en el PUNTO II de la sentencia, no corresponde la imposición de costas en su integridad a esta parte.

Finalmente hace reserva del Caso Federal y concluye con petitorio de estilo.

3) Tras el análisis de los agravios precedentemente sintetizados, adelanto...

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