Sentencia de CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA B - SECRETARIA CIVIL, 4 de Octubre de 2018, expediente FRO 041881/2017/CA001

Fecha de Resolución 4 de Octubre de 2018
EmisorCAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA B - SECRETARIA CIVIL

1 Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA B Civil/Int. Rosario, 4 de octubre de 2018 Visto, en Acuerdo de la Sala “B”, el expediente nº FRO 41881/2017, caratulado “ISAAC, A.S. c/ Policía Federal Argentina s/

Nulidad de Acto Adm.” (originario del Juzgado Federal N° 1, de la ciudad de Rosario).

Vienen los autos a estudio a raíz del recurso de apelación interpuesto por la actora (fs. 42) contra la providencia del 06/06/18 en la cual se dispuso que “…cumplimente el presentante con lo dispuesto en fecha 06/04/18 in fine y lo dispuesto en fecha 24/05/18 primer párrafo.” (fs. 41).

Concedido en relación el recurso interpuesto (fs. 46), la actora expresó los agravios (fs. 47/48 y vta.). Se elevaron los autos a esta Cámara Federal de Apelaciones e ingresados por sorteo informático en esta Sala “B”, se ordenó que pasen los autos al Acuerdo, quedando en condiciones de ser resueltos (fs. 54).

El Dr. Bello dijo:

  1. ) La recurrente sostiene que le agravia lo dispuesto mediante los decretos concordantes y reiteratorios de fechas 06/04/18, 24/05/18, 06/06/18, 26/06/18 y 05/07/18 en virtud de los cuales se le insiste a la parte actora aclarar las pretensiones expuestas en el exordio de la demanda y su ampliación, a los fines de proveer la demanda incoada.

    Relata que el juez a quo le exige sin razón comprensible, aclaraciones que ya fueron plasmadas en reiteradas oportunidades privándole el derecho a la jurisdicción causándole un daño irreparable, toda vez que mediante decreto del 05/07/18 reconoció expresamente haber tomado conocimiento de las pretensiones de su mandante, ya que las ha enumerado en forma explícita, demostrando que no le ha quedado ninguna duda en cuanto al objeto de la presente demanda.

    Agrega que al realizarle tantas observaciones y requerimientos se violan los principios rectores de todo proceso judicial como la celeridad y Fecha de firma: 04/10/2018 Alta en sistema: 05/10/2018 Firmado por: N.M., Secretaria de Cámara Firmado por: J.G.T., Juez de Cámara Firmado por: EDGARDO BELLO, Juez de Cámara Firmado por: E.V., Juez de Cámara #30378716#218124053#20181004112737274 economía procesal, y que llama la atención que al conceder el recurso por decreto del 05/07/18 se agreguen nuevas observaciones, como pretender aplicar un trámite distinto para cada pretensión.

    Señala que las pretensiones del actor se encuentran vinculadas entre sí, pues el reclamo nace de una desvinculación laboral producto de actos viciados de las...

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